En Morelos ya es oficial: quedó prohibida la realización de conciertos y eventos públicos en los que, a través de interpretaciones musicales o artísticas, se haga apología del delito, como ocurre con los llamados narcocorridos o corridos bélicos.
La reforma al Código Penal del estado establece que quienes organicen o difundan mensajes, contenidos o expresiones que exalten, justifiquen o promuevan conductas delictivas o a personas vinculadas con la delincuencia organizada, podrán enfrentar sanciones que van de seis meses a un año de prisión, así como multas de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s).
Las penas aumentarán si el evento está dirigido a niñas, niños o adolescentes, o si se promueve de manera explícita a un grupo criminal identificado o identificable.
El artículo 246 Bis, recién incorporado al marco legal, especifica que las sanciones aplicarán cuando los mensajes se transmitan en espacios abiertos al público y que el delito objeto de la apología no se haya consumado.
En contraste, la norma aclara que no se configurará delito cuando los mensajes tengan una finalidad informativa, periodística, crítica o de denuncia.
Con esta medida, Morelos se suma a las entidades del país que buscan frenar la normalización de la violencia a través de expresiones artísticas.