El magistrado Felipe de la Mata Pizaña ha presentado una propuesta ante el Tribunal Electoral para revisar la imposición de la paridad de género por parte del Instituto Nacional Electoral (INE) en las candidaturas a gubernaturas y la Jefatura de Gobierno. El magistrado argumenta que el INE excedió sus facultades al establecer estas normas, aunque mantiene la paridad de género en ocho entidades, excluyendo a Yucatán debido a su legislación local.
Además, la propuesta del magistrado sugiere que los partidos políticos deberán informar en un plazo de 48 horas en las entidades donde ya han iniciado las precampañas, como Ciudad de México y Jalisco, sobre cuántas mujeres postularán. Yucatán se regirá por su propia legislación.
Esta situación podría complicar a partidos como el Frente Amplio por México y el Movimiento Ciudadano, que aún están en las primeras etapas de su proceso interno, pero daría más tiempo a Morena, que planea resolver sus precandidaturas únicas de manera anticipada.
El Tribunal Electoral revisará la capacidad del INE para regular la paridad en las gubernaturas y dictar un número específico de candidaturas para mujeres y hombres, como se ha hecho en los últimos dos procesos electorales.
El proyecto del magistrado De la Mata Pizaña sostiene que el INE no tiene la autoridad constitucional ni legal para establecer estas reglas y, por lo tanto, anula el acuerdo del Consejo General del INE. Sin embargo, reconoce que algunas entidades tienen legislación local que ya aborda la paridad de género, como Yucatán. Por lo tanto, la propuesta establece reglas para garantizar la paridad en ocho entidades específicas: Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco.
En estas entidades, los partidos políticos deberán postular de manera paritaria, con cuatro candidatas y cuatro candidatos. La propuesta aclara que esta cifra es un mínimo y no un máximo, por lo que los partidos pueden postular más mujeres si lo desean. Para Yucatán, se aplicará la ley estatal correspondiente.
El proyecto permite a los partidos políticos, ya sea individualmente o en candidaturas comunes o coaliciones, decidir en cuáles de las ocho entidades postularán cuatro candidatas y cuatro candidatos, basándose en sus criterios de competitividad y normativas internas sobre paridad sustantiva. Deberán informar sobre esto en un plazo de 48 horas en las entidades que ya han iniciado las precampañas y un día antes en el resto de las entidades, siguiendo las leyes locales y el planteamiento original del INE.
Además, el proyecto propone que si el INE o los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) detectan incumplimiento en las candidaturas definitivas, podrán notificar a los partidos y darles un plazo de 48 horas para corregir la situación. Si no cumplen, las autoridades podrán seleccionar al azar entre las candidaturas del género mayoritario para eliminarlas y asegurar la paridad.
La Sala Superior del Tribunal Electoral se reunirá para sesionar y dictar sentencia, y los partidos tendrán un plazo para definir sus candidaturas en Ciudad de México, Jalisco y Yucatán, dependiendo de la decisión que se tome. En otras entidades, los plazos varían según su calendario electoral.
