La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma electoral de Morelos que establece un mecanismo de paridad de género en la elección de ayuntamientos y que contempla la reserva de 11 municipios para ser disputados y gobernados por mujeres en el próximo proceso electoral. La decisión se dio tras la acción de inconstitucionalidad promovida por Movimiento Ciudadano, que impugnó el decreto 369, en lo relativo a la distribución de candidaturas para presidencias municipales. El partido argumentaba que el esquema podría vulnerar el principio de libre postulación. No obstante, la SCJN determinó que la reforma cumple con el mandato constitucional de garantizar la participación efectiva de las mujeres en los espacios de poder.
El modelo validado divide el territorio en tres bloques de 11 municipios cada uno. De estos, uno queda reservado exclusivamente para la postulación de mujeres; los otros dos permiten candidaturas paritarias bajo reglas que impiden que un solo género concentre la mayoría de las postulaciones, salvo cuando ello favorezca a las mujeres. La reforma establece la rotación de bloques en procesos electorales posteriores para asegurar un efecto progresivo y equilibrado. Deberán postular únicamente mujeres para 2027 son: Axochiapan, Ayala, Cuautla, Jantetelco, Jojutla, Ocuituco, Tetecala, Tlanepantla, Tlaquiltenango, Yautepec y Zacualpan de Amilpas. En la misma sesión, SCJN confirmó la integración del Congreso de Morelos con 20 diputaciones.
