Desde los edificios públicos hasta los parques o los espacios de concurrencia colectiva, fumar tabaco o cualquier producto con nicotina está prohibido. 

En el año 2021 la Secretaría de Salud impulsó una reforma a la Ley de Control de Tabaco sobre los espacios libres de humo y estos cambios propuestos fueron aprobados por el Senado y la Cámara de Diputados. Recientemente este viernes 18 de febrero entró en vigor un nuevo paquete de reglas, donde se actualiza los lugares en donde ya no se puede fumar. 

El Diario de Oficial de la Federación (DOF), publicó el 17 de febrero las nuevas reglas para tener espacios cien por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, tal como lo menciona la Secretaría de Salud. 

¿Cuáles son estos espacios cien por ciento libres de humo? 

*Un espacio de concurrencia colectiva: aquel donde se realizan actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento, sin importar si es público o privado o si el sitio está techado. 

*Lugares de trabajo: incluyendo los anexos y vehículos de las empresas. 

*El transporte público: todo aquel vehículo individual o colectivo que circule por tierra, aire o agua y su fin sea el transporte comercial, laboral, escolar y todo lo que sea remunerado. 

* Escuelas públicas y privadas. 

Hay que tomar en cuenta que podrán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre de conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría, con sus letreros e indicaciones claras. 

 

Noviembre  2025  - CDI Morelos

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