El próximo 30 de junio vence el plazo para que los 36 ayuntamientos de Morelos cumplan con la certificación de competencias laborales para las personas que ocupan cargos de nivel medio y superior en la administración pública municipal. En caso de incumplimiento, deberán ser dados de baja.

Por primera vez en el estado de Morelos, los funcionarios públicos municipales están obligados a contar con una certificación en materia de competencias laborales. El objetivo es garantizar que los servidores públicos sean competentes, calificados y aptos para ejercer la función pública conforme a las exigencias y necesidades de la sociedad.

El artículo 75 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos establece que los titulares de las áreas administrativas señaladas en dicho artículo deberán contar con la certificación correspondiente, expedida por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), de acuerdo con las funciones a desempeñar. En caso de no contar con esta certificación, deberála en un plazo no mayor a seis meses a partir de su designación, incluso si están en funciones como encargados de obtener despacho.

De no acreditar la certificación en el tiempo establecido, la ley indica que el nombramiento quedará sin efecto, es decir, el funcionario deberá ser removido del cargo.

En Morelos, la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) y la Universidad Politécnica del Estado de Morelos (UPEMOR) son facultades para llevar a cabo este proceso de certificación.

A más tardar el 30 de junio, los ayuntamientos deberán certificar a sus funcionarios en áreas como Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería, Asuntos Jurídicos, Recursos Humanos, Servicios Públicos Municipales, Obras Públicas, Seguridad Pública, Instancia de la Mujer,Atención a la Diversidad Sexual, Oficialía del Registro Civil, Contraloría Municipal, Atención a Personas con Discapacidad, entre otras.

Aunque los 36 municipios fueron notificados con anticipación, no todos han cumplido con esta obligación. Manuel Valentín Juárez Policarpo, director general de Atención a Municipios de la Secretaría de Gobierno, informó que poco más de mil funcionarios municipales están en proceso de capacitación. Señaló que hay quienes, aunque no están obligados, han decidido tomar el curso, mientras que otros, que sí lo requieren, aún no lo han iniciado.

Ante este panorama, la Junta de Gobierno del Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos (Idefomm) solicitó solicitar una prórroga de hasta seis meses, es decir, hasta el 31 de diciembre, para que los funcionarios puedan concluir el proceso de certificación y evitar su destitución. Por ello, se instalarán mesas de trabajo en el Congreso del Estado para analizar la petición de los ayuntamientos.

Competencia laboral

Estos son los cargos de funcionarios que deben cumplir con la certificación de Competencias Laborales.

Cada municipio tendrá como estructura administrativa la que determinan sus reglamentos, pero en todo caso contará con:

a) Una Secretaría del Ayuntamiento

 b) Una Tesorería;

c) Una dependencia de atención de asuntos jurídicos;

d) Una dependencia encargada de la administración de servicios internos;

e) Recursos humanos, garantizando el respeto de los derechos de los trabajadores en activo, de los pensionados, de los elementos de seguridad pública, así como de los beneficiarios de todos éstos, asimismo, garantizará el control y resguardo del archivo documental laboral y del padrón de servidores públicos tanto del ayuntamiento como de los organismos públicos descentralizados municipales, así como de los pensionistas; materiales y técnicos del municipio;

f) Una dependencia encargada de la prestación de servicios públicos municipales;

g) Una dependencia encargada de la protección ambiental y desarrollo sustentable;

h) Una dependencia encargada de la ejecución y administración de obras públicas;

i) Una de atención de asuntos migratorios y religiosos;

j) Una de seguridad pública y tránsito municipal;

k) Un consejo de cronistas municipales;

l) Un área de información pública y protección de datos personales;

m) Una Dirección de la Instancia de la mujer;

n) Una Dirección de Atención a la Diversidad sexual;

o) Cuando menos una Oficialía del Registro Civil;

p) Una Contraloría Municipal, y

q) Una Dirección de la Instancia de Atención a Personas con Discapacidad. 

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