Cuernavaca, Morelos.- Un análisis comparativo de los documentos legales en los que se sustentan las llamadas "conquistas" laborales de los sindicatos de los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo, dan cuenta del conjunto de beneficios y privilegios exclusivos de sus agremiados, y por los que anualmente las dirigencias en turno luchan por su permanencia y aumento. Estas conquistas laborales representan recursos económicos públicos, cuyo uso y destino los sindicatos deberán transparentar a partir de este año, para cumplir con la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Para el análisis se consideró el convenio anual de prestaciones firmado entre el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Legislativo del Estado y la Conferencia, de 2015; el convenio entre el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial del Estado y el Consejo de la Judicatura, de 2013, y las condiciones generales de trabajo de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo estatal de 2013 a 2018, ubicados en línea, a través de los portales de transparencia.

El convenio del sindicato de trabajadores del Congreso es el más simple, jurídicamente hablando, pero el de mayor beneficio para sus agremiados, al referirse sólo a prestaciones y beneficios, montos y periodos en los que los diputados deberán pagarlos.

No consigna obligaciones para los trabajadores, ni refiere mecanismos de regulación y transparencia del ejercicio del dinero que se entrega de forma directa a la dirigencia.

El convenio del sindicato del Poder Judicial consigna los conceptos y montos que les deberán ser pagados a sus agremiados de forma adicional a su salario y los beneficios que deberán ser reportados de manera directa a la representación sindical.

Su contenido es mucho más amplio que el del Poder Legislativo y dedica cláusulas a reforzar el cumplimiento de cada una de las condiciones de trabajo por parte de magistrados, y la vida autónoma del sindicato, así como a garantizar el crecimiento laboral de los representados, y hace énfasis en el acatamiento de disposiciones laborales consignadas en otros ordenamientos como la Ley Federal del Trabajo, como el pago de horas extras, y la Ley del Servicio Civil del Estado, para el pago del aguinaldo y el disfrute de vacaciones.

El documento que consigna la relación de sindicalizados y el Poder Ejecutivo es el único de los tres que retoma, no sólo derechos, sino también las obligaciones que los empleados deben cumplir en el trabajo.

En apariencia, los sindicalizados del Ejecutivo son los que menos prestaciones tienen, como celebraciones y apoyos por días especiales en el calendario social; pero su sindicato es el que administra la mayor cantidad de dinero de manera directa.

Por número de sindicalizados, el del Poder Ejecutivo es superior a 1,700; en el Poder Judicial, hay un promedio de 400, y en el Poder Legislativo, la plantilla de sindicalizados no supera los 130.

Por: ANTONIETA SÁNCHEZ
antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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