CUERNAVACA, MORELOS.-  El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene la empresa o el patrón para el que labora, por la actividad productiva o los servicios que ofrece, basado en lo que éstos reporten en su declaración fiscal, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
El monto que corresponde a cada empleado se determina tomando en cuenta tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante el año fiscal. En este sentido, el monto a repartir se divide en dos: una mitad de acuerdo a los días trabajados y la otra se aplicará proporcional al nivel de ingresos.
Las utilidades, señala la Profedet, son irrenunciables, por lo que los trabajadores deben exigir a las empresas, cuando éstas hayan generado ganancias.
Tienen derecho a recibir utilidades, explica la Procuraduría, aquellos trabajadores que hayan laborado mínimo 60 días durante el año, aunque ya no preste sus servicios para esa empresa o patrón, y tiene un año, a partir de la fecha límite de entrega para cobrarlas.
Las personas morales (empresas) tienen 60 días a partir de la fecha límite para hacer la declaración anual (31 de marzo), para entregar este beneficio a sus trabajadores, es decir, el 31 de mayo; mientras que las personas físicas, tienen hasta el 29 de junio para cumplir con esta obligación.

¿Dudas sobre las utilidades?
La Procuraduría para la Defensa de los Trabajadores orienta sobre esta prestación laboral.

¿Si no soy trabajador de planta tengo derecho a participar de las utilidades?
Si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma continua o discontínua, debes recibir utilidades.
No importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año -a partir de la fecha límite de entrega- para cobrar tus utilidades.

¿A quién no le tocan utilidades?
Trabajadores domésticos.
Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días en el ejercicio.
Directores, administradores y gerentes generales, así como socios o accionistas de la empresa.
Profesionistas técnicos y otros que laboren por honorarios, sin existir una relación de trabajo subordinado.

¿Quiénes no están obligados a realizar el reparto de utilidades?
Las empresas de nueva creación.
Las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

¿Cómo sé si el lugar donde trabajo generó utilidades?
Los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.

Sácales "jugo"
Las utilidades son un recurso extra muy valioso, el cual debes aprovechar evaluando tus necesidades y prioridades.

Deudas, la prioridad
No hay dinero más caro que el que se debe, por lo que es recomendable saldar, por ejemplo, tus tarjetas de crédito y no estar pagando intereses, ya que este producto financiero es una de las formas de financiamiento más caro.

Analiza tus deudas
Si debes en varios frentes, debes verificar cuál es el que te sale más caro y enfocarte en ése, es decir, revisa cuál deuda es la que te genera mayores intereses y enfócate en ella.

Prevé emergencias
Las utilidades son una buena oportunidad para, ahora sí, tener un guardadito que te ayude a hacer frente a cualquier eventualidad, como enfermedad, averías mecánicas de tu carro, etcétera.

El futuro
Realizar una aportación voluntaria a tu afore es una excelente opción para invertir tus utilidades, ya que su rendimiento ayudará a mejorar la pensión que puedas obtener para cuando llegue el momento de retirarte.

Inversión
El rendimiento de las inversiones es directamente proporcional al tiempo que puedas "guardar" tu dinero en el instrumento que elijas, por lo que, a mayor plazo, mejor ganancias.

Evita derrochar
De ser posible, considera ahorrar o invertir una parte de tus utilidades, para ello, debes considerar que existe una amplia gama de productos financieros de acuerdo al monto del que dispongas y el rendimiento que quieras obtener.

Evade la tentación
Puede que sientas cosquillas en las manos en cuanto lleguen tus utilidades, sin embargo, antes de comprar la súper pantalla que viste en la tienda, evalúa si realmente la necesitas, es decir, revisa tus prioridades.

 

Por: DDM STAFF  /  local@diariodemorelos.com
 

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