UNA DÉCADA. Apenas hace diez años, en 2014, se introdujo la paridad de género en materia electoral en la Constitución Política, lo cual obligó a garantizarla en el registro de las candidaturas al Congreso de la Unión y a las legislaturas locales.
Ante, las impugnaciones en ese año, entre ellas de Morelos, la Suprema Corte, en el análisis de fondo, señaló que el principio de paridad en materia de candidaturas a cargos de elección popular se puede extender a las planillas que se presentan para la integración de ayuntamientos.
Con ello, el máximo tribunal del país asentó un precedente respecto a la paridad vertical, de acuerdo al análisis de Bustillo Marín, del TEPJF.
Una década después se aplicará por completo la paridad a nivel municipal. El Tribunal Estatal Electoral ordenó al Consejo Estatal Impepac que en cuanto concluyera el proceso electoral 2023-2024 hacer lo conducente para garantizar la paridad en las candidaturas y en el acceso a los cargos en las presidencias municipales.
Sobre todo, indicó, en aquellos en los que no haya habido mujer en la presidencia municipal, hay muchos municipios en ese caso, principalmente la capital del estado.
En esta década, en las alcaldías ha variado la elección de presidentas municipales, en este trienio 20252027, hay solo cuatro mujeres.
En el trienio 2015-2018, hubo seis alcaldesas en Morelos (Puente de Ixtla, Temixco, Temoac, Tetecala, Tetela del Volcán y Totolapan).
Será un reto para el Impepac, que quede asentado claramente la paridad de género en las 36 presidencias municipales del estado, para el siguiente proceso electoral.
