Cada año, la discusión sobre la distribución de utilidades se intensifica entre los trabajadores en México. Este incentivo se convierte en una expectativa para muchos, pero es crucial destacar que no todos tienen acceso a este beneficio. Aquí desglosamos qué implica el concepto de utilidades, por qué tienes derecho a ellas como trabajador y, especialmente, quiénes quedan excluidos de recibirlas en el año 2024.

¿Qué engloban las utilidades y cuál es tu derecho como trabajador?

Las utilidades, o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, constituyen una vía para distribuir entre los empleados una porción de los beneficios económicos generados por una empresa. Esta práctica no solo busca reconocer el esfuerzo y la productividad del personal, sino también incentivar un sentimiento de pertenencia y compromiso con la empresa.

La Ley Federal del Trabajo en México establece que todas las empresas que generen un beneficio económico están obligadas a compartir un porcentaje de sus utilidades con sus empleados. Esto se calcula según los días trabajados y el salario de cada empleado, asegurando que la riqueza generada se distribuya de manera justa y equitativa.

¿Quiénes no recibirán pago de utilidades en 2024?

A pesar de la expectativa general, existen ciertas excepciones establecidas por la ley que determinan casos específicos en los que las empresas no están obligadas a realizar este reparto. A continuación, te presentamos la lista de trabajadores que, lamentablemente, no verán un extra en su bolsillo por concepto de utilidades este próximo año:

1. Empresas de nueva creación: Aquellas en su primer año de operación están exentas de repartir utilidades, dado que se considera un periodo de establecimiento y ajuste.

2. Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro: Organizaciones que realizan actos humanitarios o de asistencia sin buscar el lucro no están obligadas a repartir utilidades.

3. Dependencias públicas con fines culturales o asistenciales: Entidades como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) quedan fuera del esquema de reparto.

4. Empresas con capital menor al fijado por la industria: Si el capital de la empresa es inferior al mínimo establecido por su sector, no tiene la obligación de repartir utilidades.

5. Trabajadores que hayan laborado menos de 60 días: Este mínimo asegura que solo aquellos con una participación activa y continuada en la empresa reciban utilidades.

6. Directores, administradores y profesionales contratados por honorarios: Estos perfiles, por la naturaleza de su contratación, quedan excluidos del reparto.

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