Nos encontramos en el mes patrio de septiembre donde en cualquier lado podemos ver una Bandera de México, ya sea en los coches, el transporte público o en las casas, siendo este un símbolo de identidad para todos los mexicanos, pero ¿sabías que existe una ley que regula su uso?, así como sanciones en el caso de incurrir en una modificación al lábaro patrio.

Hace un par de días fue presentada en Tepic, Nayarit la Bandera Nacional en tonalidad guinda, color similar al partido en turno, Morena. En ese sentido, se desató una serie de críticas a través de redes sociales, pues, usuarios aseguraron que es un delito modificar la Bandera mexicana, pero, ¿qué dice la ley?

Existe la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que señala en su Artículo 1° donde se estipula que:

“El Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, son los Símbolos Patrios de los Estados Unidos Mexicanos. La presente Ley es de orden público y regula sus características y difusión, así como el uso del Escudo y de la Bandera, los honores a esta última y la ejecución del Himno”.

Pero ¿qué dice sobre la Bandera de México?

De acuerdo con el artículo 3º de dicha ley "La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo".

Sin embargo, hasta el momento no se ha implementado alguna sanción que se pueda recibir por modificar algún color, sino que tal acto es considerado como una falta de respeto en cualquiera de las modificaciones hacia los símbolos patrios, por tal medida se sancionarán en porción con la gravedad y también dependiendo del estado infractor.

Las multas y el arresto pueden incrementar dependiendo los fines de lucro, asimismo, cualquier alteración o violación de la Bandera, el Escudo o Himno nacional está penado en el artículo 191 del Código Penal Federal, que estipula que se podrán recibir de seis meses a cuatro años de prisión o una multa de tres mil a 50 mil pesos.

Mientras que el Artículo 192 agrega:

“Al que haga uso indebido del escudo, insignia o himnos nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos”.

Todo siempre y cuando esté autorizada por la Secretaría de Gobernación, donde no se podrá añadir alguna otra institución.

Por su parte, el Escudo Nacional no puede ser modificado bajo ningún concepto, de acuerdo con artículo 5º. Por lo que se hace hincapié en que el Estado mexicano prohíbe expresamente alterar la letra o música del Himno Nacional.

Por otra parte, tras la polémica, el gobernador de Nayarit, Miguel Ángel Navarro, ofreció una disculpa pública por medio de su cuenta de Twitter. "Solícito respetuosamente me acepten una disculpa pública, a nombre del Gobierno del Estado, y el mío propio, por haberse trastocado los colores de nuestra enseña nacional".

Cabe señalar que la Bandera de México puede ser utilizada en casa, oficina, empresa, comercio o automóvil, no se necesita autorización para usarla. En estos casos puede ser de cualquier dimensión. No obstante, debe darse al lábaro patrio un trato pulcro y decoroso, y deben respetarse las características de diseño y proporcionalidad.

 

 

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