CUERNAVACA, MORELOS.- Penas de hasta 12 años de cárcel para asaltantes del transporte público o privado, de pasajeros, establecieron los diputados, al aprobar una nueva enmienda al Código Penal del Estado de Morelos en la sesión de este miércoles.

El dictamen de la reforma fue presentado a votación del Pleno por la Comisión de Puntos Constitucionales, tras haber sido avalado primero por los integrantes de dicha comisión.

Los diputados agregaron el artículo 176-Ter en el que tipificaron el delito de robo en el transporte público, de forma individualizada.

Los infractores se harán acreedores de 3 a 12 años de prisión y multas económicas, de ser encontrados culpables.

Asimismo, la sanción se agrava en dos terceras partes, es decir, hasta 16 años, cuando el delito sea cometido con violencia y uso de armas; y en la mitad, es decir, hasta 24 años, cuando el responsable sea el mismo chofer o éste actué en complicidad de terceros, como ocurre actualmente con operadores de taxis.

La enmienda fue aprobada con 17 votos y el decreto será remitido al Poder Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, en caso de que no tenga observaciones.

Los diputados puntualizaron que con esta medida se busca inhibir un delito que es cometido cada día con mucha frecuencia en agravio de los usuarios del transporte público.

ABUSO SEXUAL CONTRA NIÑOS NO PRESCRIBIRÁ

Adicionalmente, el Pleno también aprobó una modificación al artículo 100 Bis, del mismo Código, para establecer que en Morelos, los delitos sexuales cometidos contra menores no prescribirán, aún si las víctimas alcanzan la mayoría de edad.

Así un adulto que haya sido víctima de abuso sexual en su niñez, podrá denunciar ante la autoridad, por sí mismo, a su atacante cuando alcance la edad adulta, y así lo decida. 

 

ANTONIETA SÁNCHEZ
antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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