Ante la ausencia temporal de Uriel “N”, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), será el fiscal regional metropolitano Carlos Andrés Montes Tello, quien queda al frente de manera provisional.
Una vez que se resuelva la situación jurídica del fiscal general, es decir, en la que se califique si es legal la detención en la audiencia inicial; después en la audiencia de vinculación, si es vinculado a proceso; y, conocer las medidas cautelares que en su caso imponga el juez, entre las que podría estar la prisión preventiva, se tendrá que evaluar lo que procederá dentro de la Fiscalía General del Estado (FGE).
El artículo 79-B de la Constitución Política del Estado de Morelos y el artículo 133 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos establecen que en caso de ausencia temporal del fiscal general, será el fiscal regional metropolitano quien suplirá la ausencia, por lo que será el licenciado Carlos Andrés Montes Tello quien se mantendrá al frente del organismo autónomo.
Montes Tello inició su vida laboral en 1999 cuando ingresó a la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Morelos como auxiliar del agente del Ministerio Público.
De 2017 a 2019 se desempeñó como director general del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado; después, en 2019 regresó a la FGE y, a partir de febrero de 2020 está como fiscal regional metropolitano.
En el escenario de una ausencia absoluta, el titular del Poder Ejecutivo debe emitir una terna para la designación, que queda a cargo del Congreso del Estado.
Ante los múltiples cuestionamientos respecto a la captura de Uriel “N”, quien tenía fuero constitucional, abogados expertos en el tema aseguran que el fuero es aplicable para delitos del fuero federal, pero al ser señalado como probable responsable de Delitos Cometidos contra la Procuración y Administración de Justicia y ser este un delito del fuero común, se pudo ejecutar la orden de aprehensión.
Marcela García / [email protected]
