En nuestra décima sexta sesión del Grupo Empresarial Morelos, nos acompañó el Licenciado en Derecho Antonio Eduardo Fernández García en representación del Licenciado Pascual G. Archundia, presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos; nos platicó sobre lo que dicta el sistema de justicia laboral.

No solamente implica una modificación, sino que se habla de eficientar los procedimientos laborales. Pues se dice que la Junta de Conciliación y Arbitraje son procedimientos largos y pesados, nosotros debemos entender que la ley federal de trabajo implica buscar un equilibrio entre los factores.

Ustedes como representantes empresariales evidentemente la ley les impone una serie de obligaciones, pero qué pasa con las obligaciones que le imponen a los trabajadores, resulta que con el paso del tiempo no ha cambiado nuestra manera de ver las relaciones individuales y colectivas de trabajo, ¿ello que implica?, que evidentemente no tenemos una sana cultura laboral.

El 60 % de las empresas hablando del estado de Morelos, no tienen sistemas adecuados de regulación normativa, es decir la ley impone una serie de cargas procesales, que evidentemente obliga a los patrones a tener una serie de documentos que por mandato de ley deben de conservar.

Las relaciones de trabajo no solamente va a las grandes empresas, sino que también abarca aquellas personas que tienen un puesto en el tianguis, una tienda, una lavandería, toda pequeña empresa. La ley es muy clara y no distingue esas relaciones laborales, no importa cuál sea el sector.

La ley le impone más cargas procesales a los patrones, e inclusive la ley es muy clara y dice se eximirá la carga de la prueba al trabajador y al patrón se le impondrá las 14 obligaciones que marca el artículo 184 de la LFT.

La ley busca el equilibrio pero buscando el equilibrio desequilibramos a la otra parte, y resulta que la gran víctima dentro de las relaciones laborales pues solo son los patrones.

Evidentemente en el estado de Morelos tenemos más de 25 mil asuntos en materia individual, estamos hablando de que 9 de cada 10 trabajadores tienen un conflicto con el patrón. Por eso la necesidad de implementar un nuevo sistema de justicia donde adecuemos la necesidad de conciliación como un mecanismo previo o alternativo para la solución de un conflicto de trabajo. Si ustedes se van a una junta de conciliación de trabajo lo primero que vas a encontrar es la sobre carga de trabajo.

Antes de iniciar una acción procesal tenemos que acercarnos a una conciliación para que de ahí parta la solución de ambas partes. La conciliación es el único mecanismo de solución a una controversia laboral.

En nuestra identidad tenemos un problema con los abogados que representan a los trabajadores, porque muchos han creído que lo que importa son los intereses individuales que genera un conflicto.

Tenemos aquí a las representaciones sindicales que hemos tenido varias pláticas patronales, ¿por qué?, porque ustedes no son sectores antagónicos, ustedes representan la producción en la entidad.

Si no hay trabajadores cómo se producen los bienes y los servicios, tenemos que buscar la conciliación constante. La mayor parte de los conflictos se solucionan a través del diálogo.

A habido casos de empresas que han cerrado por que no pueden costear un laudo. Cada año las revisiones salariales se dan en los contratos colectivos de trabajo, ahora imagínense los contratos lineales que son cada 4 años.

Ustedes como patrones deben generar una sana conciencia de sus obligaciones patronales, porque si no cómo van hacer frente a un conflicto de trabajo.

Deben de estar conscientes qué contratos deben de tener, qué listas… qué pasa cuando mi trabajo ya no quiere laborar en el centro de trabajo, qué sucede, qué implica.

Hay que buscar los mecanismos para proteger su estabilidad. Hay convenios dentro de las juntas de conciliación de trabajo.

Ustedes deben de entender cuáles son las malas y consecuencias legales de no cumplir con lo que establece la ley.

Qué pasa si un trabajador resulta víctima de un asalto y dentro del mismo se realiza un homicidio, deben de saber que ustedes son lo que deben de indemnizar a la víctima porque el hecho está dentro de las horas de trabajo y una de las obligaciones del patrón es indemnizar en caso de muerte.

De verdad el maestro Arturo ha ido muy claro con los trabajadores que imparten justicia “tenemos que buscar la conciliación, porque la conciliación es la única manera de solucionar un conflicto laboral”. Conciliares solucionar, dialogar es indispensable, créame nosotros tenemos un amplio sentido de respeto a velar por los derechos de los trabajadores.

Una interesante conferencia para los empresarios morelenses. ¿No cree usted?

 

Teodoro Lavín León
lavinleon@gmail.com / Twitter: @teolavin

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