La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) considera que los municipios no tienen la facultad para imponer restricciones de derechos. 

Su titular, Raúl Israel Hernández Cruz, ve con preocupación las medidas administrativas que algunos ayuntamientos han implementado para hacer frente a la emergencia por COVID-19, porque, dice, “resultan arbitrarias al no respetar los derechos humanos porque suspenden y restringen algunas libertades y no tienen la facultad para hacerlo”.

Refirió la resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), No. 01/2020 sobre Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, que reconoce que, en determinadas circunstancias, “con el objeto de generar adecuada distancia social, puede resultar de hecho imperativa la restricción del pleno goce de derechos como el de reunión y la libertad de circulación en espacios tangibles, públicos o comunes que sean indispensables para el abastecimiento de insumos esenciales o para la propia atención médica”.  

El presidente de la CDHEM destacó que no existe en ninguna norma legal atribuida a los municipios la autoridad para restringir o suspender el goce y ejercicio de derechos y libertades en materia de protección a la salud y menos en situaciones de emergencia que pongan a la sociedad en grave peligro, ni tampoco para establecer sanciones que deriven de su infracción por inconstitucionales.

Exhortó a los municipios a cumplir con las disposiciones generales emitidas por el Consejo de Salubridad. 

 

Marcela García

marcela,garcia@diariodemorelos.com

 

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