Por ser señalado como deudor alimentario, Julio Espín Navarrete perdió el registro de la candidatura a la presidencia municipal de Puente de Ixtla, postulada por la coalición “Movimiento Progresista”. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó dicho registro en la sesión de ayer.
De acuerdo a un comunicado del TEPJF, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) impugnó la resolución que validaba dicha candidatura al considerar que, en su concepto, la candidatura propuesta resultaba inelegible porque al momento del registro, se encontraba inscrito en el padrón de personas alimentarias morosas.
De esta manera, en sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada presidenta, Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que la sala responsable pasó por alto que, al momento del registro de la candidatura, la persona resultaba inelegible por encontrarse inscrita en el padrón de personas alimentarias morosas.
Al respecto, el Pleno consideró que una persona suspendida en sus derechos político-electorales por ser declarada deudora alimentaria no puede ser registrada como candidata a un cargo de elección popular, con independencia de que posteriormente a la negativa del registro cumpla con dicha obligación. Por tanto, se revocó la resolución impugnada, es decir, que se invalidó el registro de la candidatura y se ordenó la sustitución respectiva a un día del proceso electoral.
