Los créditos otorgados por el Fondo Morelos a empresas del sector productivo como parte del Programa Emergente de Financiamiento por la Emergencia Sanitaria COVID-19 podrían ser cancelados siempre y cuando los acreditados demuestren que están imposibilitados para pagarlos. 
Con esa finalidad, la Secretaría de Desarrollo Económico y Trabajo (SDEyT), a través del Consejo Directivo del Instituto Morelense para el Financiamiento del Sector Productivo emitió un acuerdo mediante el cual se autorizaron ajustes a las normas y bases para la reestructuración de operaciones y la cancelación de adeudos. 
Se especificó que el Instituto podrá cancelar los adeudos de los financiamientos “otorgados bajo el amparo de los programas emergentes PE-COVID-19 y Programa Emergente de Financiamiento Reactívate en Morelos”, creados el pasado mes de abril con recursos de fondos de diferentes dependencias del Poder Ejecutivo, distintas al Fondo Morelos, para “minimizar las afectaciones económicas con motivo de la contingencia. 
La cancelación de dichos adeudos podrá proceder “sin cumplir con los requisitos” establecidos para ello en las normas y bases para la reestructuración de operaciones y la cancelación de adeudos. 
Para ello solo tendrá que acreditarse la “existencia de notoria imposibilidad práctica de cobro con las gestiones de cobranza”, según la adición de un último párrafo al artículo 19, inciso f), de dichas bases. 

Imposible de cobrar
En el artículo 20, sobre los motivos que justifican la cancelación, se añadió que los créditos que hayan sido autorizados con el plan emergente y recursos distintos al capital del Fondo Morelos, podrán ser cancelados, previa imposibilidad de llevar a cabo su cobranza.

Por ANTONIETA SÁNCHEZ / antonieta.sanchez@diariodemorelos.com 

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