CUERNAVACA, MORELOS.- Durante sesión pública el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) determinó que el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) interpretó incorrectamente el plazo que tienen funcionarios para separarse del cargo, si desean participar en la elección.
Como se recordará, el Impepac emitió un acuerdo, en el cual estableció que los funcionarios que deseen participar en el proceso electoral 2017-2018 deben separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral, pero la Constitución establece que son 180 días.
Representantes de los partidos Socialdemócrata (PSD), de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM) presentaron un recurso de apelación ante el TEEM, respecto del acuerdo que presentaron.
Durante sesión del Pleno los magistrados determinaron que no hubo correcta interpretación por parte del órgano electoral.
"Realizó (el Impepac) análisis incorrecto, de manera generalizada", pasando por alto algunos artículos de la Constitución Política de Morelos.
"A criterio de este tribunal, lo correcto es que los servidores públicos contemplados en la Fracción III del Artículo 26 constitucional, para aspirar al cargo de diputado exige que se retire, como una primera opción, a los 180 días antes de la jornada electoral o, como último momento, 90 días antes", señala la propuesta que presentaron y aprobaron.

Determinación. Varios partidos apelaron ante el TEEM el acuerdo del Impepac.

"Al postularse como presidente municipal, síndico y regidor, la temporalidad para separarse del cargo será de 90 días antes del día de la elección, no así para lo estatal." Propuesta aprobada

 

Por: MARCELA GARCÍA
marcela.garcia@diariodemorelos.com

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