CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo, con el fin de que se actualicen las tablas de enfermedades del trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo.
La diputada de Morena y presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Aracely Damián, dijo desde tribuna que la reforma implica que al trabajador ahora sólo se le pagará 50 pr ciento y no 100 por ciento de su salario cuando enferme por motivos de su trabajo.
El documento surge de una iniciativa que la diputada Ana Georgina Zapata Lucero (PRI) presentó el 16 de marzo de 2016 y reforma los artículos 513, primer párrafo; 115 y se adiciona un artículo 115 Bis a esa ley.
Fue aprobado por 303 votos a favor, 86 en contra y 10 abstenciones y luego de rechazarse de manera gradual seis reservas se avaló en lo particular con 297 votos a favor, 84 en contra y seis abstenciones. Se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.
En el artículo 513 se establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social actualizará la tabla de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo.
Se agrega que la dependencia realizará la actualización previa "aprobación del proyecto respectivo por parte" de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud.
En el artículo 115 se consigna que la STPS realizará las investigaciones y estudios necesarios, "conforme al progreso de la medicina del trabajo, a fin de actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo".
La adición del artículo 515 Bis señala que "para efectos de los artículos 513 y 514, el reglamento federal en materia de seguridad y salud en el trabajo, establecerá los aspectos y tipo de información que deberán contener las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo".
Una vez agotado el procedimiento, el titular de la STPS deberá expedir las tablas en un término de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Se suplirán
En el artículo tercero transitorio se consigna que las tablas que se aplican quedarán sin efecto una vez que el titular de la STPS emita las tablas en términos de lo dispuesto por esta reforma.

Por: DDM REDACCIÓN / local@diariodemorelos.com

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