Cuernavaca, MORELOS.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto con el que los diputados de la LIV Legislatura del Congreso establecieron que la mayoría calificada para la aprobación de decretos se compone del voto de 13 diputados en lugar de 14. 

La determinación de la Corte, implica la invalidez de los decretos que el Pleno de la Legislatura aprobó con ese número de votos. 

La presidenta de la Junta Política y de Gobierno, Ariadna Barrera Vázquez, dijo que los decretos que fueron aprobados con 13 votos son mínimos, en virtud de que los legisladores estaban conscientes de que la decisión que tomaron a finales de noviembre de 2019 podría revertirse. 

Además de la reforma con el que “definieron” en la Ley Orgánica la “mayoría calificada” y aprobaron otros cambios al Reglamento en relación a la integración de las comisiones, Ariadna Barrera, coordinadora del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional, recordó que aprobaron el decreto con el que Guillermina Jiménez Serafín fue ratificada en el cargo de magistrada; pero indicó que esta respuesta atendió una ejecutoria judicial. 

También estaría en entredicho en este momento el nombramiento de encargados de despacho en la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización (ESAF), otorgados igualmente por el voto de 13 diputados. 

La legisladora recordó que la mayoría calificada que ayer fue desconocida por la Corte se estableció con la finalidad de romper el cerco que un grupo de diputadas había establecido entonces a los trabajos del Pleno, por la disputa de los órganos de control interno del Congreso. 

Fue ese mismo grupo, el autodenominado G-7 el que promovió la acción de inconstitucionalidad que la SCJN resolvió ayer y con la que los ministros reiteraron que el Congreso de Morelos incumplió con el debido proceso. 

Previamente, por esta razón, la Corte echó abajo el decreto de la reforma política para el proceso electoral en curso, aprobada con 13 en lugar de 14 votos, pero en la resolución de esa queja, los ministros no entraron al fondo del proceso, sino que la invalidaron por haber sido publicada de forma extemporánea al inicio de la veda electoral.

Por Antonieta Sánchez / antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

Cumple los criterios de The Trust Project

Saber más

Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

Sigue el canal de Diario De Morelos en WhatsApp