CUERNAVACA, MORELOS.- El Congreso reformó su Ley Orgánica y Reglamento Interno con la finalidad de dar facilidades a los diputados que deseen participar en los próximos comicios, así como para establecer que los diputados suplentes no entrarán en funciones por licencias temporales.
Los cambios aprobados fueron al artículo 24 de la ley Orgánica, sobre el proceso que deben realizar los diputados para obtener licencia; ahora la ausencia surtirá efectos a partir de que sea notificada a la Junta Política; antes era vigente a partir de que se hacía del conocimiento al Pleno y, además, la Junta Política ya no tendrá que analizar si el Congreso llamó o no al suplente, a menos que durante la ausencia, transcurran más de ocho sesiones ordinarias.
También se hicieron ajustes a los artículos 19, 20 y 21 del Reglamento para establecer que los diputados pueden solicitar licencia "por así convenir a sus intereses", para señalar que podrán reincorporarse al cargo, previo escrito remitido a la Junta Política con cinco días de anticipación, en lugar de diez, y los suplentes sólo protestarán en el cargo cuando el diputado propietario solicite licencia definitiva al cargo, o cuando no acuda a ocho sesiones del Pleno, de forma consecutiva e injustificada.
Cabe señalar que aunque la Ley Orgánica precisa que el Pleno del Congreso deberá sesionar cuando menos una vez a la semana, lo cierto es que los órganos de dirección tienen facultades para decidir con qué periodicidad pueden convocar a una sesión ordinaria.
Esta reforma entró en vigor a partir de su aprobación, en la sesión del pasado viernes; en la misma sesión, de manera posterior, la Mesa Directiva informó de las licencias –promovidas con los nuevos criterios- por los diputados Víctor Manuel Caballero, Leticia Beltrán y Aristeo Rodríguez.

Ajustes
Ahora los diputados pueden solicitar licencias sin que sea necesario llamar al suplente, a menos que transcurran ocho sesiones ordinarias, y el suplente sólo rendirá protesta cuando el diputado propietario pida licencia definitiva; además el propietario podrá reincorporarse al cargo previo escrito remitido a la Junta Política con cinco días de anticipación.

Por: ANTONIETA SÁNCHEZ
antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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