Cuernavaca, Morelos.- Luego de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para proporcionar pensión alimenticia a una mujer de Cuernavaca, tras vivir varios años en concubinato con un hombre casado, profesionales del Derecho consideraron que es una acción que da certeza jurídica a las mujeres
Según al artículo 65 del código familiar en el estado de Morelos se condicionaba la existencia del concubinato, y que ambas personas tenían que estar libres de matrimonio, poniendo a la mujer en desventaja.
La Maestra en Derecho, Gloria Salinas García, explicó en entrevista que históricamente en la sociedad se han dado relaciones extramaritales entre hombres y mujeres, a pesar de que el masculino esté casado.
Por lo anterior, destacó que dichos casos deben analizarse bajo la perspectiva de género, en donde el juzgador pueda determinar lo que sucede en el ámbito social.
“Esta resolución da una perspectiva con mayor certeza jurídica en la vivencia que tiene día a día la concubina con la pareja, porque en el ámbito trascendental de la vida diaria hay personas que han vivido concubinatos a pesar de que uno de ellos está casado con otra persona, esa bigamia queda de lado en el momento que se emite esa resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al reconocer las relaciones monógamas que deben analizarse desde una perspectiva de género”, declaró en entrevista.
La abogada agregó que en los últimos años la perspectiva de género y derechos a favor de las mujeres han alcanzado mayor reconocimiento.
“Definitivamente los derechos de la concubina han sido reconocidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y creo que es un avance en el ámbito de justicia, porque a través de los años las mujeres han vivido en un concubinato y han permanecido en anonimato por la existencia de un matrimonio, es justo que se hagan acreedoras al derecho de percibir alimentos por parte del deudor alimentario”, concluyó.
Gloria Salinas García. Maestra en Derecho.
Por: José Azcárate / jose.azcarate@diariodemorelos.com
