CUERNAVACA, MORELOS.- La Norma Oficial Sanitaria 046, actualizada en febrero de este año con el propósito de que las dependencias de salud realicen la interrupción del embarazo a víctimas de violación sin necesidad de una autorización judicial, no tiene vigencia en Morelos –como en la mayoría de las entidades federativas-, debido a que se contrapone con lo que establece el marco jurídico local.
Así lo señaló la representante de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado (CARV), Nadxiieli Carranco Lechuga, al indicar que la vía legal para la materialización de esta disposición federal en territorio morelense es una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a favor de la presunción del delito que el gobierno promovió ante el Congreso y la mayoría de los diputados rechazaron.
Carranco Lechuga recordó que, como parte de las observaciones que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) hizo a Morelos tras decretar la alerta de género en ocho municipios, el Gobernador remitió al Congreso un conjunto de iniciativas de reformas al marco legal para reforzar la defensa y protección de las mujeres.
El Ejecutivo propuso que las mujeres víctimas de violación pudieran suspender la gestación ante la presunción del delito, aun antes de que el Ministerio Público lo compruebe; los diputados "rasuraron" esta propuesta del dictamen que aprobaron.
La comisionada de la CARNV recordó que el gobierno promovió una controversia constitucional contra la negativa de los diputados de modificar la causal, que aún no se resuelve del todo.
Precisó que el camino para la vigencia de la Norma de Salud 046 podría quedar allanado por los ministros, con una respuesta a favor del respeto de los derechos de las mujeres.
De ser así, también quedaría modificada la regulación que aplica a los médicos, quienes hasta ahora, se niegan a suspender un embarazo ante el riesgo de enfrentar consecuencias legales.
Dijo que mientras estos dos temas no se resuelvan en el Código Penal, la norma no puede aplicarse porque, a pesar de que es de observancia general, en el orden jerárquico de los ordenamientos, está por debajo del Código.

Controversia. Los diputados rechazaron la disposición y sólo queda el recurso de la Suprema Corte de Justicia.

No se pueden salvaguardar los derechos de unos y de otros no, en el caso de los médicos, se espera que controversia sea resuelta a favor, y en contra de los diputados que confunden las causales." Nadxiieli Carranco, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

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Por: ANTONIETA SÁNCHEZ /  antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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