El presidente Andrés Manuel López Obrador ha enviado a la Cámara de Diputados una propuesta de reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Esta iniciativa busca transferir la facultad exclusiva de expedir permisos y licencias de armas de fuego a la Presidencia de la República y a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), actualmente bajo la jurisdicción de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Centralización del control y fabricación de armas

Con esta propuesta, la Sedena no solo tendría el control sobre la expedición de licencias, sino que también sería responsable del registro, operación, fabricación y comercialización de armas en el país. La justificación detrás de esta reforma se enfoca en el aumento del tráfico ilícito de armas, un fenómeno que, según el proyecto, está vinculado a la delincuencia organizada y ha provocado un incremento del 93.96% en los homicidios dolosos con armas de fuego entre 2015 y 2021, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Implicaciones de la reforma

Esta centralización de facultades también incluye nuevas disposiciones para la fabricación de armamento y el control de las municiones. Además, establece sanciones más estrictas y actualiza la regulación sobre ciertos tipos de armas, como los calibres de alto poder balístico y explosivos improvisados.

En términos de inclusión, la reforma propone otorgar certeza jurídica para la posesión de armas en zonas rurales, permitiendo que ejidatarios, comuneros y jornaleros puedan portar armas para la defensa de sus propiedades fuera de áreas urbanas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

Regulación para deportistas y uso en empresas estratégicas

La iniciativa también refuerza las normativas para la portación de armas en campos de tiro y su transporte, y permite que deportistas de tiro y caza justifiquen el uso de armas ante la Sedena. Asimismo, amplía el uso de armas en áreas estratégicas, permitiendo que empresas como PEMEX, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y el Banco de México (Banxico), entre otras, implementen medidas de seguridad con armas de fuego.

Modernización de la ley para enfrentar nuevos desafíos

Finalmente, la reforma introduce nuevas sanciones y actualiza los tipos penales relacionados con el uso indebido de armas de fuego. Con estas disposiciones, el gobierno busca hacer frente al tráfico ilícito de armas y adaptarse a los avances tecnológicos en armamento, protegiendo así la seguridad nacional.

¿cuáles son los calibres que se buscan regular en esta reforma?

·  Calibres regulados por la reforma:

.357

.22 Magnum

Hornet

TCM

Estos calibres son regulados debido a que, por sus características balísticas, poseen una mayor capacidad de alcance y velocidad, lo que los convierte en más peligrosos al impactar en cuerpos humanos.

·  Calibres de uso exclusivo del Ejército:

5.7 x 28 mm

.357 pulgadas (en sus diferentes variantes)

5.56 mm

Estos calibres se clasifican como de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas debido a su potencia y letalidad, los cuales no están disponibles para civiles, salvo excepciones específicas como miembros de las Fuerzas Armadas en servicio activo o retiro.

En cuanto al uso de armas deportivas, la reforma propuesta incluye regulaciones específicas sobre armas de aire comprimido, de gas y pistón. Estos son algunos de los puntos clave:

Armas de gas, aire comprimido y pistón:

Se regularán las armas cuyo calibre sea superior al diámetro de 5.5 mm.

Estas armas, aunque no utilizan pólvora, tienen una capacidad considerable para causar daños y, por tanto, quedan bajo regulación especial.

Permisos extraordinarios para deportistas:

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será responsable de expedir permisos extraordinarios para la transportación de armas de fuego para deportistas, socios de clubes de tiro, o caza registrados.

Los deportistas de tiro o caza deberán justificar la portación y el transporte del arma desde su domicilio hacia los campos de tiro, que deberán estar debidamente acreditados por la Sedena.Estas disposiciones buscan asegurar un control estricto sobre las armas utilizadas en deportes y actividades recreativas, con especial atención a la transportación y justificación de su uso.

¿Qué pasará para la transportación de armas y campos de tiro?

Permisos extraordinarios para transportación: La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) expedirá permisos extraordinarios para la transportación de armas de fuego a los socios inscritos en clubes y casas de tiro. Esto facilita la práctica del tiro deportivo y la cacería, asegurando que el transporte de armas se haga de manera legal y segura.Regulación de campos y stands de tiro: La reforma también incluye el registro y control de los campos de tiro abiertos y los stands de tiro cubiertos o subterráneos, además de para los clubes o asociaciones de caza y tiro deportivo. Esto asegura que las instalaciones cumplan con normativas específicas de seguridad y operación.

Requisitos para deportistas: Los deportistas de tiro o cacería deben justificar la portación y transportación del arma de fuego desde su domicilio hacia los campos de tiro debidamente acreditados ante la Sedena. Esto es para garantizar que el uso de armas se limite a actividades deportivas en lugares apropiados y seguros.

Estas disposiciones tienen como objetivo regular el uso y transporte de armas para fines deportivos y de cacería, aumentando la seguridad mientras se permite la práctica de actividades relacionadas con el tiro y la cacería de forma regulada.

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