CUERNAVACA, MORELOS.- Desde su entrada en vigor, en Morelos ninguna carpeta de investigación iniciada por el delito de violación a la intimidad, que promovió la Ley Olimpia, ha sido judicializada; mientras que a nivel país, se sabe de solo ocho casos, señaló activista y abogada seguidora del tema.
Al analizar el tema “Prevención de acoso digital, mirada de la Ley Olimpia”, Laura del Rayo Cortés Ortega aseveró que el avance ha sido mínimo, desde la aprobación y vigencia de la reforma al Código Penal del Estado de Morelos, que tipificó como delito la violación a la intimidad a través de la divulgación en medios digitales de videos íntimos, mejor conocido como ciber-acoso, en julio de 2021.
Atribuyó el problema a la negativa de los ministerios públicos de aceptar la clasificación correcta del delito, a la hora de que alguien se presenta a denunciar el acoso del que está siendo víctima.
“No existe una clasificación correcta del delito de tipo penal, porque aunque ya existe como tal, en la práctica los ministerios públicos lo clasifican como amenazas, extorsión o cualquier otro, menos en el de violación a la intimidad personal”, expresó de forma puntual.
Falta capacitación, sobra patriarcado
Cortés Ortega atribuyó el problema, por una parte, a la falta de capacitación del personal, pero sobre todo a una falta de sensibilización y aceptación del problema, como consecuencia del sistema patriarcal que prevalece.
En ese caso, agregó que las víctimas continúan siendo objeto de una revictimización por parte de las autoridades.
La Ley Olimpia fue aprobada por el Congreso local en julio de 2021 y, específicamente considera una pena de cárcel de 4 a 8 años, con la posibilidad de que aumente en la mitad con agravantes, para quien divulgue sin autorización videos o imágenes íntimas de otra persona, principalmente en redes sociales.
Revisión. La abogada Laura del Rayo revisó el tema.
Por: ANTONIETA SÁNCHEZ / [email protected]
