La filósofa Hannah Arendt define el poder como la interpretación simbólica de la solidaridad de un grupo que corresponde a la capacidad humana no sólo de actuar, sino de actuar en concierto. El poder no es una propiedad, sino una estrategia, y se ejerce en el juego de relaciones no igualitarias.

Hace 65 años que las mujeres mexicanas tienen el derecho a votar y ser votadas, y sólo van 44 años de la reforma al Artículo 4 constitucional que otorga la igualdad ante la ley.

Recordemos los primeros movimientos de mujeres que se iniciaron en 1910, cuando diversas asociaciones feministas se unen a Madero, entre ellas el Club Femenil Antireelecionista “Las Hijas de Cuauhtémoc”, que poco tiempo después protestan y demandan la participación política de las mujeres mexicanas.

En 1916 se realiza el Primer Congreso Feminista, impulsado por el general Salvador Alvarado, Gobernador de Yucatán, y uno de los principales acuerdos es otorgarle el voto ciudadano a las mujeres; sin embargo, tuvieron que pasar muchos años para que el Presidente Miguel Alemán mandara a la Cámara de Diputados y se aprobara la iniciativa, donde se adicionó al Artículo 115 Constitucional, para que en las elecciones municipales participaran las mujeres en igualdad de condiciones que los varones, con el derecho a votar y ser elegidas, entrando en vigor el 12 de febrero de 1947.

El 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Oficial el nuevo texto del Artículo 34 Constitucional: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo localidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años, siendo casados, o 21 si no lo son y tener un modo honesto de vivir”. De esta forma, más mujeres mexicanas participan cada tres años en los procesos electorales, primero en condiciones de desigualdad y, posteriormente, a partir de las cuotas de género en condiciones reales de participación. Después, al establecerse las acciones afirmativas a favor de un grupo discriminado, se parte de la siguiente premisa: la igualdad de derechos no es suficiente para que las mujeres, que históricamente han estado en desventaja, accedan a las oportunidades del grupo privilegiado.

Por ello, en 1996 se establecieron en los códigos electorales las cuotas de género, los partidos políticos dieron una respuesta limitada a las demandas de las mujeres y la representación femenina era más una concesión de las dirigencias que el resultado de un derecho consagrado en las leyes.

Las cuotas electorales de género, son una reserva que se hace a la ley para que ningún género pueda tener el 100% de los cargos en órganos legislativos o en los ayuntamientos.

En diciembre del 2012 se aprobó la reforma al Artículo 43 del Código Electoral para destinar el 3% del financiamiento público ordinario para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, lo que permite tener presupuesto para desarrollar los liderazgos de las mujeres con acciones de capacitación.

La reforma constitucional enviada al Congreso Federal en 2014 por el Presidente Enrique Peña Nieto incluyó el principio de igualdad sustantiva en la integración de los poderes legislativos, adoptando el principio de paridad en las candidaturas de elección popular, con la obligatoriedad de incluir la paridad de manera alternada en las diputaciones de mayoría y en las listas de regidores a los ayuntamientos.

El principio de paridad permite que se integre un renovado conjunto de temas en la agenda política y un cambio en las políticas públicas. Y pone el tema de la igualdad de género en el centro del debate. Señalamos que falta mucho para lograr la igualdad sustantiva reconocida en el texto constitucional que da derecho a la igualdad de oportunidades en todos los espacios de toma de decisión y de poder.

Termino señalando que los últimos 65 años, a partir del derecho al voto, no ha sido un camino fácil para las mujeres; hoy hablamos de paridad, paridad sustentada en el 52% de la población, el 39% de la fuerza laboral y el 52% de las profesionistas recién egresadas de las universidades, les corresponde por derecho, la construcción democrática del país.

Son los derechos establecidos en la ley los que permiten el avance de las mujeres, los tiempos de hoy son tiempos de vigencia femenina. Hoy hablamos, rebatimos y proponemos; hoy construimos la historia juntos hombres y mujeres.

El principal obstáculo a la participación de las mujeres está en los valores patriarcales vigentes en las prácticas de los partidos políticos, que reproducen y materializan patrones de discriminación; por ello, son necesarios los procesos de formación política para establecer estrategias, entender la discriminación y conocer sus derechos.

¿No cree usted?

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Por: Teodoro Lavín León

lavinleon@gmail.com   Twitter: @teolavin

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