• El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que los funcionarios no podrán promover la consulta para la revocación de mandato que se realizará el próximo 10 de abril.

 

Durante la sesión pública de la Sala Especializada del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación, las magistraturas integrantes determinaron que si bien el decreto aprobado por el Senado, durante la sesión del pasado 17 de marzo, se encuentra vigente, no puede entrar en vigor para el proceso de la consulta popular del 10 de abril.

 

De acuerdo con lo señalado por el magistrado presidente, Rubén Lara, el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación genera una controversia con lo establecido en la Constitución Política, en el artículo 105, en relación a las modificaciones de las leyes electorales, señalando que estas no pueden realizarse 90 días previos a que se inicie el proceso electoral en el que van a aplicarse.

 

Lara señaló que “Esta especificación del alcance de los conceptos a los que se refiere el decreto tiene el carácter de fundamental y por tanto, no debe regir para los procesos electorales que ya hayan dado inicio porque entonces podrían alterarse la aplicación de los principios que rigen en estos ejercicios comiciales, cuando menos el de certeza, que implica que todas las personas quienes van a participar de manera activa en los procesos y quienes van a votar, deben tener muy claras”.

 

El caso lo expuso el magistrado Luis Espíndola, quien en su proyecto señala que el presidente Andrés Manuel López Obrador infringió las normas de la veda electoral vigentes, en el marco de las celebraciones por el tercer año de gobierno, el 1 de diciembre de 2021, ocasión en la cual habló de programas sociales y resultados de acciones, cuando la veda ya había iniciado en al menos cuatro estados: Aguascalientes, Durango, Oaxaca y Tamaulipas.

 

Entre las medidas ordenadas se determinó la no repetición de estas conductas infractoras de algunos servidores públicos, entre ellos el vocero de la Presidencia y los institutos electorales locales de los estados arriba mencionados.

Cumple los criterios de The Trust Project

Saber más

Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

Sigue el canal de Diario De Morelos en WhatsApp