El vínculo histórico entre México y España dejó una huella profunda en los apellidos que hoy se usan en territorio mexicano. Por generaciones, muchos linajes de origen español se arraigaron al país, lo que ha llevado a una pregunta frecuente: ¿tener un apellido español permite tramitar la nacionalidad española?
En México son comunes apellidos como Hernández, García. El caso de Hernández, por ejemplo, se remonta a la época de la Conquista y significa “hijo de Hernán”, razón por la cual se consolidó como uno de los apellidos más extendidos hasta la actualidad.
Apellidos que llegaron de distintas regiones
Apellidos como Hernández, García, López, Martínez, González, Rodríguez, Pérez, Sánchez y Ramírez provienen de España y se arraigaron en México desde la época colonial. Muchos de ellos están ligados a regiones específicas de la península ibérica y han pasado de generación en generación.
Sin embargo, la respuesta es clara: tener un apellido español no otorga la nacionalidad española. Se trata de un mito que resurge con frecuencia en redes sociales y que ha provocado confusión entre la población.
¿El apellido basta para pedir la nacionalidad?
La respuesta es no. Contar con un apellido de origen español no da derecho automático a la nacionalidad española. Se trata de un mito que circula periódicamente en redes sociales y que suele generar confusión, e incluso ser usado para cometer fraudes.
Gran parte de esta desinformación se relaciona con la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como la Ley de Nietos. Sin embargo, esta legislación nunca funcionó por apellidos, sino por vínculo familiar directo, como ser hijo o nieto de ciudadanos españoles bajo supuestos muy específicos.
Además, esta ley concluyó su vigencia en octubre de 2025, por lo que ya no es posible iniciar trámites en 2026 con base en ese marco legal. Cualquier anuncio que prometa la nacionalidad española únicamente por portar un apellido español debe considerarse sospechoso.
Lo que sí es necesario
Para aspirar a la nacionalidad española se requiere documentación oficial que acredite parentesco directo, residencia legal u otras vías establecidas en la legislación vigente, no solo compartir un apellido.
