Si tu auto sufrió algún daño por las fuertes lluvias o se quedó en alguna inundación, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) te da algunas recomendaciones y te dice los tipos de seguros que te protegen contra estos fenómenos naturales.

Si tu automóvil cuenta con un seguro de cobertura amplia no tienes de qué preocuparte, ya que además de protegerte contra robo, choques, volcadura, rotura de cristales, responsabilidad civil por daños a terceros en su persona o en sus bienes, incendios y fenómenos naturales, también te cubre los siniestros generados por inundaciones y terremotos.

Si tu seguro tiene contratada una cobertura limitada, es decir, que cubre robo del vehículo y responsabilidad civil por daños a terceros en su persona o en sus bienes, es importante señalar que aunque no contemple los daños materiales del vehículo, también cuenta con una cobertura en caso de huracanes, inundaciones, terremotos y en general, los daños que deriven de fenómenos de la naturaleza.

Por otra lado, hay que recordar que 14 de las 32 entidades de la República tienen una legislación que obliga a los automovilistas a contar con al menos un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, el cual no cuenta con la cobertura por daños que deriven de fenómenos de la naturaleza como la inundación.

Ahora bien, si tu auto sufrió daños en un estacionamiento, es importante que sepas que de acuerdo con la Ley de Establecimientos Mercantiles, los titulares u operadores de los estacionamientos públicos tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil o fianza, que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona, vehículo, o en la de terceros hasta por 9 milveces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente por vehículo, es decir, alrededor de 679 mil pesos, el cual no necesariamente incluye inundaciones.

Por lo general se observan dos modalidades:

Autoservicio.- Responsabilidad por robo total, robo y daño parcial del vehículo, e incendio del inmueble donde se depositó el vehículo, cuando éste sea atribuible al titular u operador;

Acomodadores de vehículos o valet parking.- Responsabilidad por robo total, robo y daño parcial, robo o daño de accesorios mostrados a la entrega del vehículo, e incendio del inmueble donde se depositó el vehículo, cuando éste sea atribuible al titular u operador.

Por ello, es importante que te informes si cuentas o no con esta cobertura cuando acudas a un estacionamiento público.

 

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