En el estira y afloja en el que se han visto envueltos los poderes Ejecutivo y Legislativo con el Judicial en las últimas semanas, sobre todo luego de la aprobación de la Reforma Judicial, una nueva ficha se está moviendo en el tablero.

Hace unos días se aprobó en el Senado, con 85 votos a favor y 41 en contra, la llamada supremacía constitucional.

El objetivo de la misma es hacer improcedentes los juicios de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, contra modificaciones o adiciones a la Constitución Política, es decir, contra las nuevas reformas votadas.

La oposición rápidamente ha llamado a esto el inicio de la instauración de una dictadura, pero viéndolo objetivamente, es también una jugada para evitar que las reformas se queden “congeladas” ante el desacuerdo entre el Legislativo y el Judicial.

Ayer, la Comisión de Puntos Constitucionales inició la dictaminación de la reforma con nuevos jaloneos ante la posibilidad de que el debate de la minuta se llevara a cabo durante la misma sesión.

Hasta donde se queda esta columna, la reforma a los artículos 105 y 107, que contempla elevar a rango Constitucional que las reformas a la Carta Magna no pueden ser impugnadas ni suspendidas, se votará este lunes.

¿Qué es lo que pasará si se aprueba definitivamente en la Cámara de Diputados? Pues que el Poder Judicial no podrá resolver amparos, controversias o acciones de inconstitucionalidad en contra de alguna reforma a la Constitución. La historia ya dirá si esto es bueno o malo. Veremos.

Cumple los criterios de The Trust Project

Saber más

Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

Sigue el canal de Diario De Morelos en WhatsApp