El Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, son los símbolos patrios que representan a los Estados Unidos Mexicanos
A TODA ASTA
ARTÍCULO 18.- La Bandera Nacional deberá izarse a toda asta (festividades):
5 de febrero: Promulgación
de las Constituciones de 1857 y 1917.
19 de febrero: "Día del Ejército Mexicano".
24 de febrero:
"Día de la Bandera".
21 de marzo: Aniversario
del nacimiento de Benito Juárez.
5 de mayo: Aniversario de la Victoria sobre el Ejército francés en Puebla.
8 de mayo: Aniversario del nacimiento de Miguel Hidalgo y Costilla.
1 de septiembre: Apertura del primer periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.
15 de septiembre: Conmemoración
del Grito de Independencia.
16 de septiembre: Aniversario de
la Independencia de México.
20 de noviembre: Aniversario
de la Revolución Mexicana.
En las fechas declaradas solemnes para toda la nación, deberá izarse la Bandera Nacional, a toda o a media asta, según se trate de festividad o duelo, respectivamente, en escuelas, templos y demás edificios públicos, así como en la sede de las representaciones diplomáticas y consulares de México. Todas las naves aéreas y marítimas mexicanas, portarán la Bandera Nacional y la usarán conforme a las Leyes y Reglamentos aplicables. Las autoridades educativas Federales, Estatales y Municipales, dispondrán que se rindan honores.
MEDIA ASTA
ARTÍCULO 18.- La Bandera Nacional deberá izarse a media asta (en fechas luctuosas):
14 de febrero: Aniversario
de la muerte de Vicente Guerrero.
22 de febrero: Aniversario
de la muerte de Francisco I. Madero.
10 de abril: Aniversario
de la muerte de Emiliano Zapata.
21 de abril: Aniversario de la gesta heroica
de la Defensa del Puerto de Veracruz.
21 de mayo: Aniversario
de la muerte de Venustiano Carranza.
18 de julio: Aniversario
de la muerte de Benito Juárez.
30 de julio: Aniversario de
la muerte de Miguel Hidalgo y Costilla.
13 de septiembre: Aniversario
del sacrificio de los Niños Héroes.
2 de octubre: Aniversario de los caídos en la lucha de la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco.
22 de diciembre: Aniversario
de la muerte de José María Morelos.
ARTÍCULO 10.- El 24 de febrero se establece solemnemente como Día de la Bandera. En este día se deberán transmitir programas especiales de radio y televisión en su honor.
Colores.- Verde, blanco y rojo, componen la Bandera de México.
Escudo.- Un águila encima de un nopal devorando una serpiente.
08:00
ARTÍCULO 20.- La Bandera Nacional será izada a las 8:00 horas y arriada a las 18:00.
ARTÍCULO 33.- Los ejemplares de la Bandera Nacional
destinados al comercio, deberán satisfacer las características
de diseño y proporcionalidad establecidas en el artículo 3o.
Respeto
La Bandera Nacional se debe portar con respeto y orgullo, ya que representa al país.
ARTÍCULO 13.- La Bandera Nacional saludará, mediante ligera inclinación, sin tocar el suelo, solamente a otra Bandera, nacional o extranjera; en ceremonia especial, a los restos o símbolos de los héroes de la Patria; y para corresponder el saludo del Presidente de la República o de un Jefe de Estado extranjero en caso de reciprocidad internacional. Fuera de estos casos, no saludará a personas o símbolo alguno.
ARTÍCULO 25.- En la entrega oficial de Bandera a la institución que la reciba, tomará la formación adecuada al lugar donde se efectúe la ceremonia, según el caso.
ARTÍCULO 27.- Cuando el personal de una organización o instituto desfile con su bandera, el abanderado se colocará el portabandera, y cuidará que quede ligeramente inclinada hacia adelante.
ARTÍCULO 28.- Al hacer alto, se sacará el asta de la cuja y se bajará hasta que el regatón toque el suelo a 10 cm, a la derecha de la punta del pie, sosteniéndola con la mano derecha a la altura del pecho.
ARTÍCULO 30.- Cuando dos grupos que lleven la Bandera Nacional se encuentren sobre la marcha, los abanderados, a seis pasos de distancia uno de otro, subirán la mano derecha en el asta a la altura de los ojos; después de haber dado dos pasos inclinarán la Bandera con lentitud hacia el frente, hasta rebasar cuatro pasos y volverán a levantarla.
ARTÍCULO 16.- La Bandera Nacional se izará diariamente en los edificios sede de los Poderes de la Unión, en las oficinas de Migración, Aduanas, Capitanías de Puerto, Aeropuertos internacionales; en las Representaciones diplomáticas y consulares en el extranjero y en el asta monumental de la Plaza de la Constitución de la capital.
ARTÍCULO 9o.- En festividades cívicas o ceremonias oficiales en que esté presente la Bandera Nacional, deberán rendírsele los honores que le corresponden, cuando menos, el saludo civil.
24
de febrero
15 y 16
de septiembre
20
de noviembre
ARTÍCULO 11.- En las dependencias federales, gobiernos de los estados y municipios, se rendirán honores a la Bandera Nacional obligatoriamente los 24 de febrero, 15 y 16 de septiembre, y 20 de noviembre.
el saludo a la
bandera
Con veneración se le debe saludar
y rendir honores
a la Bandera
Nacional como lo marca la Ley.
Posición de firme
Se coloca la mano derecha extendida sobre el pecho
La palma de la mano hacia abajo, a la altura del corazón.
Los varones saludarán con la cabeza descubierta
El Presidente de la República, como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, saludará a la Bandera militarmente.
ARTÍCULO 34. La banda presidencial constituye una forma de la Bandera Nacional, emblema del Poder Ejecutivo federal.
ARTÍCULO 14.- El saludo civil a la Bandera Nacional se hará en posición de firme, la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia abajo, a la altura del corazón.
ARTÍCULO 22.- Cuando una Bandera Nacional sea condecorada, la insignia respectiva se le prenderá en la corbata.
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