CUERNAVACA, MORELOS.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diez diputados de la LIII Legislatura y los partidos Nueva Alianza y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), en contra de reforma al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado, en varios de sus conceptos, y dio un plazo de seis días naturales al Congreso local  y el Gobierno del Estado para presentar un informe de los antecedentes legislativos que sustenten y justifiquen la reforma.
El plazo empezaría a correr al día siguiente de la fecha en la que ambos poderes fueron notificados de la entrada que se dio a las acciones 40/2017 y sus acumuladas 42/2017 y 43/2017.
El máximo tribunal dio cuenta del trámite de los expedientes relacionados con Morelos el pasado miércoles y sus anotaciones, advirtió que se les dio curso "sin perjuicio de los motivos de improcedencia que se puedan advertir de manera fehaciente al momento de dictar sentencia".
Los poderes Legislativo y Ejecutivo de Morelos deben informar de las iniciativas, dictámenes, actas de sesiones, de votaciones, y diarios de debates en los que conste el proceso legislativo de la reforma impugnada.

Piden informe a Impepac
A la par, el alto tribunal dio un plazo de tres días naturales al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) para informar de la fecha en la que iniciará el proceso electoral en Morelos, y a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federal, un plazo de diez días naturales para que exprese por escrito su opinión en relación con la acción de inconstitucionalidad demandada por diputados y partidos.
De lo anterior se desprende que la resolución de la Suprema Corte sobre la reforma deberá conocerse antes de la fecha del inicio del proceso electoral en la entidad.
Cabe señalar que el Instituto Nacional Electoral (INE) ya estableció que el proceso federal arrancará el 8 de septiembre; en Morelos podría establecerse la misma fecha, por parte del Consejo Electoral del Impepac.

Reforma electoral
Permite la relección de legisladores hasta por tres periodos y la de presidentes municipales por uno. Impugnan:

Ven inequidad
A los alcaldes se les exige separarse del cargo para competir 180 días antes de la elección, mientras que los comicios federales,  90 días.

Otra inequidad
Los diputados locales  que quieran reelegirse no están obligados a pedir licencia, por lo que podrán hacer campaña y legislar al mismo tiempo.

Por: ANTONIETA SÁNCHEZ
antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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