Menores de 12 años ya no podrán ser transportados en motocicletas y conductores y acompañantes están obligados a utilizar en todo momento un casco de seguridad certificado, según la nueva Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos, publicada este 25 de noviembre en el Periódico Oficial.
El artículo 136 de la nueva ley expresa que queda prohibido transportar en motocicleta a un número de personas que exceda la capacidad de diseño del vehículo. En ningún caso se podrá transportar a menores de 12 años o a personas que no puedan sujetarse por sí mismas de forma segura o que no alcancen a apoyar firmemente los pies en los estribos o posapiés.
También señala que el casco será obligatorio y deberá cumplir con la Norma Oficial Mexicana o con estándares internacionales equivalentes, además de mantenerse debidamente abrochado durante todo el trayecto para garantizar su función protectora.
En cuanto a la conducción, el Artículo 137 establece que los motociclistas deberán circular con las luces delanteras y traseras encendidas de forma permanente y utilizar un carril completo, queda prohibido transitar entre carriles o entre vehículos en movimiento.
Respecto a la documentación, el Artículo 138 indica que todas las motocicletas deberán portar una placa vigente y visible, además de la tarjeta de circulación física o digital.
Para garantizar el cumplimiento, la Coordinación General, en coordinación con autoridades de Seguridad Pública, llevará a cabo operativos de verificación.
