Cuernavaca.- Las intervenciones quirúrgicas y modificaciones corporales con fines puramente cosméticos quedan estrictamente prohibidas para menores de 18 años en todo el territorio estatal.
La medida busca salvaguardar la integridad física y mental de la infancia y juventud morelense frente a procedimientos médicos innecesarios.
Esta determinación cobró fuerza legal tras la publicación del Decreto 1347 en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", marco legal que sancionará por la vía penal a quienes incumplan la norma.
¿En qué consiste la llamada Ley Nicole?
La reforma legal adicionó el artículo 73 Bis a la Ley de Salud del Estado de Morelos para frenar cualquier procedimiento con fines exclusivamente estéticos.
Conocida popularmente como "Ley Nicole", la iniciativa establece límites claros sobre las intervenciones que no prevengan, diagnostiquen ni traten enfermedades o malformaciones en los jóvenes.
El marco normativo busca evitar que los menores se sometan a riesgos quirúrgicos por presiones sociales o estándares de belleza antes de alcanzar la madurez física y emocional.
Cárcel y multas para padres, tutores y personal médico
Las consecuencias legales por violar este ordenamiento jurídico quedaron tipificadas de manera severa dentro del Código Penal del Estado de Morelos.
Se establecen penas de dos a seis años de prisión, además de 100 a 500 días de multa, para los padres, tutores o custodios que autoricen, permitan o consientan las cirugías.
Asimismo, el personal médico que efectúe estas intervenciones de carácter cosmético será acreedor a las sanciones correspondientes estipuladas por la ley.
Las cirugías reconstructivas sí estarán permitidas
La legislación contempla excepciones claras para no desatender la salud ni la calidad de vida de los niños y adolescentes que realmente requieran una intervención.
Quedan fuera de la prohibición las cirugías reconstructivas necesarias para restaurar funciones corporales o corregir secuelas derivables de accidentes, enfermedades o malformaciones congénitas.
En estos casos específicos, la ley exige que el procedimiento cuente con la indicación formal de un especialista con cédula y certificación vigente.
Requisitos estrictos para intervenciones médicas autorizadas
Para avalar una cirugía reconstructiva, el médico tratante deberá estar acreditado ante el Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva.
Además, resultará obligatorio presentar una justificación médica detallada sobre la necesidad del procedimiento para la salud física o mental del menor.
Finalmente, los pacientes deberán someterse a una valoración médica y psicológica previa, junto con el consentimiento informado firmante por parte de quienes ejerzan la patria potestad.
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