Cuernavaca, Morelos.- El presidente de la Federación de Colegios y Asociaciones de Profesionistas (FCAP), José Alfredo Salgado Salgado, recomendó a los trabajadores que recibieron sus utilidades correspondientes al 2015 a utilizarlas e invertirlas en bienes duraderos.
Explicó que los patrones que están constituidos como personas físicas tienen hasta el mes de junio para repartir las utilidades, toda vez que la ley en el artículo 22 indica que se deberá repartir las utilidades durante los 60 días posteriores a la fecha en que se haya presentando su declaración.
Informó que durante mayo se considera que se tiene que llevar a cabo el reparto de las utilidades a los trabajadores, que se generaron durante el 2015 y que se trata de una recompensa a todos aquellos trabajadores que participaron con su esfuerzo y dedicación a generar estas utilidades.
En la declaración anual que presentaron las empresa que están constituidas como personas morales, a más tardar el 31 de marzo se debió haber estipulado la cantidad que se va a repartir entre todos aquellos trabajadores que tienen derecho y al 10 por ciento de la utilidad de la empresa.
José Alfredo Salgado abundó que las utilidades deben otorgarse a todos los trabajadores que estuvieron activo en el 2015, no importa que su trabajo haya sido parcialmente en algunos meses o si ya no están activos.
Dijo que los trabajadores tienen derecho a formar una comisión que los represente y que analice que las utilidades que se van a repartir sean las que les corresponda de conformidad con la Ley Federal del Trabajo y que debieron estar establecidas en la declaración anual del ISR que presentaron los patrones en marzo.
Las empresas que no están obligadas al reparto de utilidad son las empresas de reciente creación durante el primer año de funcionamiento, es decir, si una empresa se creó en el 2015 no tiene la obligación de repartir utilidades aún cuando las haya obtenido, indicó.
Señaló que las instituciones que no se dedican al lucro como son las asociaciones civiles y las instituciones de gobierno no están obligadas al reparto de utilidades.

Reparto
Durante mayo se considera que se tiene que llevar el reparto de las utilidades a los trabajadores, que se generaron en el 2015.
10 % de la utilidad de la empresa, más el monto a repartir entre los empleados, debió estipularse antes del 31 de marzo.

Sin derecho
Los trabajadores que están involucrados en la administración, como directores generales, administradores, socios, o quienes reciben pagos por honorarios.

Con derecho
Los trabajadores que estuvieron activos en 2015, no importa que su labor haya sido parcialmente en algunos meses o si ya no están activos en la empresa.

Por: CARLOS SOBERANES /  carlos.soberanes@diariodemorelos.com

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