CUERNAVACA, MORELOS.- Diputados aumentarán los requisitos para los ciudadanos que ocupen los cargos de juez de paz y cívico.
Lo anterior ocurrirá con las modificaciones a artículos tanto de la Ley Orgánica del Poder Judicial, como de la Ley Orgánica Municipal.
La propuesta ya fue aprobada en la Comisión de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y sólo falta que la mayoría de los diputados le den su aval en sesión del Pleno.
De acuerdo con la iniciativa de reforma que promovió la diputada Silvia Irra Marín, a partir de su aprobación, los jueces de paz tendrán que ser exclusivamente abogados con título y cédula profesional.
Actualmente, el artículo 79, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial, refiere que para ser juez de paz se requiere "ser, por lo menos, pasante de Derecho".
Eso implica que no se tengan los conocimientos y la experiencia suficiente para tomar decisiones correctas, argumentaron los integrantes de la Comisión de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal durante la sesión que tuvieron ayer y en la que fue sometido a votación.
En el caso de los cívicos, también tendrán que comprobar por lo menos estudios en derecho o ser pasantes.
Los diputados eliminaron del artículo 96 fracción III la palabra "preferentemente" que hace alusión a los estudios que debe acreditar la persona que aspire al cargo.
La ley dice que para ser juez cívico se requiere tener "preferentemente" estudios en derecho.
Los legisladores que analizaron la propuesta coincidieron en que la redacción abre la posibilidad para que el juez cívico no necesariamente tenga estudios en derecho.
La iniciadora planteó que también se exigiera a los jueces cívicos título en derecho, pero los legisladores indicaron que en el caso de municipios que se rigen por usos y costumbres sería complicado que los aspirantes al cargo cumplieran el requisito. 

Juez cívico
El alcalde podrá delegar en los jueces cívicos las facultades para calificar y sancionar las infracciones al Bando de Policía y Gobierno; estarán bajo la supervisión y vigilancia del síndico.

Jueces de paz
Son auxiliares de los tribunales de la Federación en los municipios y son designados por el Consejo de la Judicatura.

Mínimo. Los jueces de paz deberán ser, por lo menos, pasantes en Derecho.

 

Por:  ANTONIETA SÁNCHEZ  / antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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