La violencia es un recurso que debe usarse en última instancia, sólo que realmente esté en peligro tu vida o la de tus seres queridos, por lo que especialistas en Derecho explican cómo se maneja el término Defensa Propia y sus consecuencias legales.
"Lo primero que debemos entender es que nadie puede hacerse justicia por su propia mano, esa es la premisa principal; lo segundo como su nombre lo dice Defensa Propia, es decir que tiene que haber una agresión o intento de agresión en mi contra para que me defienda", precisaron.

EXCEPCIONES DE CASTIGO
Abogados señalaron que de acuerdo con el artículo 23 del Código Penal de Morelos, se considera Defensa Propia cuando se repele una agresión real, actual o inminente y sin derecho en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad racional de la defensa empleada y no por una provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.
"Tenemos que entender que debe existir una agresión real, porque por ejemplo: se mete un ladrón a una casa, lo sorprende el dueño, el ladrón no trae arma y el dueño si y le dispara por la espalda, puede entonces darse un exceso en legítima defensa y haber consecuencias", precisaron.
Indicaron que se presume que existe legítima defensa, salvo que se pruebe lo contrario, en caso de que se cause un daño racionalmente necesario a quien por cualquier medio trate de penetrar o penetre sin derecho al lugar donde habiten, aunque sea en forma temporal.
Así como quien se defiende o a su familia, o cualquier persona a la que el inculpado tenga el deber de defender, o a las dependencias de ese lugar o al sitio en el que se encuentren bienes propios o ajenos respecto, siempre y cuando tenga ese mismo deber.
Comentaron que lo mismo será para quien obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el inculpado, y que éste no tenga el deber jurídico de afrontar, siempre que no tenga a su alcance otro medio practicable y menos perjudicial.

EL PROCESO
Según especialistas en Derecho precisaron que si una persona lesiona a otra o la mata, así sea en legítima defensa, mientras se determina la situación legal la persona es detenida 48 horas a disposición del Ministerio Público en lo que se realizan las investigaciones correspondientes.
Señalaron que por ejemplo los policías, que tienen la obligación de protegernos y para eso tienen una pistola con licencia, cuando matan o hieren a un delincuente, los meten a la cárcel en lo que se acredita que cometieron el delito en cumplimiento de un deber.
Afirmaron que en un caso de lesiones u homicidio, en donde se argumenta Defensa Propia, pero resulta que posiblemente hubo exceso en legítima defensa, los jueces analizan la situación y muchas veces la pena se atenúa
(disminuye).
A pesar de ello mencionaron que la violencia nunca es la mejor solución, por lo que exhortaron a las personas a buscar otras opciones, "si se mete alguien a tu casa y puedes evitar golpearlo o algo más, hazlo, mejor llama a los policías y que ellos cumplan su función".

DDM   STAFF
seguridad@diariodemorelos.com
CUERNAVACA, MORELOS

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