Este jueves, con seis votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional la materia de la consulta para juicio a expresidentes

Durante la sesión, seis ministros votaron a favor de la consulta, sin embargo, señalaron que se deben realizar modificaciones a la consulta para llevar a las autoridades competentes.

A favor de la constitucionalidad votaron los siguientes ministros:

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Yasmín Esquivel Mossa

Margarita Ríos-Farjat

Alberto Pérez Dayán

Arturo Zaldívar

En la presentación de su proyecto de inconstitucionalidad, el ministro Luis María Aguilar señaló que la labor de la SCJN es únicamente evaluar si la pregunta es constitucional, no la materia de la consulta, misma que no compete a la Corte, apuntó.

“El proyecto que presenté, concluye que la materia de la consulta es inconstitucional, pues en este caso la tarea de la SCJN no tiene nada qué ver con si debe investigarse a los expresidentes”, señaló Aguilar.

Arturo Zaldívar

El ministro presidente Arturo Zaldívar se posicionó en contra del proyecto de inconstitucionalidad del ministro Luis María Aguilar.

“En esta ocasión, esperaría que la Corte no desaprovechara la oportunidad de asumir la protección de los derechos humanos de participación política, no nos corresponde ser una puerta cerrada sino el puente que permita a todas las personas a intervenir en las grandes discusiones nacionales”, dijo

Aseguró que es claro que la consulta sobre la política criminal no podrían ser vinculante hacia las autoridades de procuración de justicia.

La materia de la consulta no está prohibida por la Constitución, dijo, y consideró que la consulta no busca restringir los derechos humanos. La voluntad popular tiene límites y no pueden pasar por encima de los derechos y leyes, especificó. Toda vez que el ejercicio de las atribuciones de impartición y procuración de justicia está blindado por las normas que establece la Constitución, no advierto ningún impacto constitucional de la consulta, señaló.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Señaló que la democracia indirecta puede generar que la mayoría de la población se sienta sin representación en muchos aspectos.

Recordó cómo la consulta popular se introdujo al país.

La consulta, como fue adoptada, no supone que se blinden los eventuales procesos de producción jurídica del control constitucional pues su idea es impulsar, no crear una nueva fuente de derecho, dijo.

Margarita Ríos-Farjat

Explicó que la SCJN tiene la facultad de realizar las modificaciones conducentes a las preguntas pero se trata de una metodología que no se encuentra en la Constitución.

“Anula de inicio la facultad de la SCJN de buscar alternativas y no presenta ninguna aproximación a modificar”. No se infiere que se consulte si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos.

La ministra indicó que no se sustituiría en la consulta, que la sociedad deba determinar sanciones a los expresidentes.

Yasmín Esquivel Mossa

Aseguró que el acompañamiento de la voluntad ciudadana permitirá dejar de impactar inestabilidad en los efectos de las autoridades. No es viable hacer una interpretación extensiva en contra de la participación ciudadana. La pregunta corresponde a la materia de exservidores públicos y esa materia, al no estar prohibida, es constitucional.

Alberto Pérez Dayan, consulta es viable

Indicó que a la SCJN le corresponden los motivos jurídicos constitucionales y no políticos y se deben ponderar los propósitos de la consulta que deben incluirse en la petición respectiva y asignarles la materia correspondiente siempre por su género más próximo. Consulta es válida y que corresponde a la SCJN modificar la consulta de que esta derive de la materia, que no sea tendenciosa, emplee un lenguaje neutro y produzca una respuesta contundente. De acuerdo con Pérez Dayán, la materia de la consulta sí es viable.

 

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