Cuernavaca, Morelos.- Las cuentas bancarias tanto de la mamá como del papá pueden ser congeladas en cualquier momento, cuando se sospeche de un riesgo para cumplir con el pago de la pensión alimenticia de los hijos, explicó Martín Montes García, Juez Séptimo Civil en materia familiar y de sucesiones.
Lo anterior tras el anuncio que realizó Édgar Elías Azar, presidente de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia (CONATRIB) sobre que los jueces familiares de todo el país desde su escritorio podrán congelar las cuentas de padres que incumplan con el pago de la pensión.
Sin embargo, apuntó que en el caso de Morelos ellos ya vienen aplicando dicha disposición al sostener que es un deber que tienen que proteger y garantizar el cumplimiento del pago de una pensión alimenticia, sin importar si es la madre o el padre el deudor.
"Si tomamos en cuenta que todavía no tenemos los datos correctos o la presunción de cuánto vaya a hacer la pensión alimenticia que nosotros podamos ya determinar en una sentencia definitiva, pues podemos ordenar el congelamiento de esa cuenta bancaria a petición de alguno de los acreedores", abundó. 
El juez externó que de 10 demandas que conocen y que se inician los respectivos juicios en al menos tres asuntos se hace la solicitud del congelamiento de la cuenta del deudor, por lo que el juzgador debe pedir los datos a la Comisión Nacional Bancaria, al insistir que se debe de proteger los derechos de los hijos.
"Ahorita ya los papás son los que ejercen la guardia y custodia de sus menores hijos y cuando la mujer tiene una solvencia económica fructífera o cuando en un momento dado tiene los elementos necesarios o cuentas bancarias y se decreta la pensión alimenticia a favor de los menores es cuando el juzgador a petición del acreedor alimentista se congela esa cuenta", advirtió.
Montes García refirió que basta con que la parte demandante exhiba documentos que avalen la solvencia económica del deudor, aunado a que exista la sospecha que ese recurso podría distraerse y usarse para otros fines es que se inician los procedimientos de manera inmediata para la restricción de los fondos bancarios.
Agregó que aquella persona sea hombre o mujer y que haya sostenido una relación y procrearon hijos tienen derecho a una pensión alimenticia, sin importar si hubo un enlace matrimonial, aunque también están obligados a pagarla si así es el caso.

Proceso
Para el congelamiento de la cuenta piden los informes a la Comisión Nacional Bancaria de datos precisos de las cuentas a las cuales se les restringirá ese uso.

Igualdad
Tanto el hombre como la mujer tienen un derecho a una pensión alimenticia pero también la obligación de pagarla.

Hemos congelado cuentas tanto, indistintamente del sexo es el quien tiene la obligación, también es sabido que ya han cambiado los roles a veces son los papás los que se quedan con la custodia."
Martín Montes García, juez en materia familiar y de sucesiones

Por: Omar Romero
omar.romero@diariodemorelos.com

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