Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó de la Constitución local el candado que el PRD había impuesto al actual presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo, para ser candidato a gobernador; en tanto que validó la reducción del número de diputados de 30 a 20 y desechó la propuesta de aumentar el umbral de votación para asignar diputaciones plurinominales.
Ayer, el Pleno de la Corte resolvió la acción de inconstitucionalidad 29/2017, promovida por el Partido Encuentro Social (PES), y sus acumuladas 32/2017, 34/2017 y 35/2017, de los partidos Humanista, Morena y Nueva Alianza, contra diversas disposiciones de la Constitución, reformadas por el Congreso y publicadas en el periódico oficial "Tierra y Libertad", el 27 de abril, decreto 1895.
Tras el análisis y debate de la ponencia que presentó a consideración el ministro José Ramón Cossío Díaz, el Pleno declaró parcialmente fundada la acción de inconstitucionalidad que los partidos solicitaron.
El principal interés de Encuentro Social, el de echar abajo el aumento de la residencia habitual en el estado para ser candidato a gobernador, de 5 a 12 años, fue avalado por 9 votos a favor y uno en contra.
Siete de los ministros se pronunciaron por la invalidez solicitada de la fracción III del artículo 58 de la Constitución local por considerar que los 12 años que se establecieron no fueron razonados, ni justificados.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo que el requisito de 5 años de residencia que refiere la Carta Magna para ser candidato a gobernador puede ser interpretado como que no deben ser menos años, pero sí más; sin embargo, en el caso de Morelos, el periodo de 12 años "no pasa un escrutinio de racionalidad", por ser más del doble y su voto fue a favor de la invalidez de la reforma.
Otro punto en el que los ministro se detuvieron fue en el aumento del umbral, de 3 a 5 por ciento de la votación válida emitida, para que los partidos tengan una diputación plurinominal.
El concepto, contenido en el primer párrafo del artículo 24, fue invalidado porque los diputados se excedieron en establecer "una cláusula preferencial de asignación previa" que desvirtúa la naturaleza del sistema de representación proporcional.

Autorizan menos diputados
En contraste, se pronunciaron a favor de la reducción del número de legisladores de 30 a 20, en virtud de que es facultad de los congresos locales decidir el número de representantes populares.
Pero los ministros no estuvieron de acuerdo en que sea el propio Congreso el que decida sobre el territorio de los distritos electorales, e invalidaron esta parte de la norma.
De igual manera se pronunciaron en contra del aumento de la residencia a 7 años para ser candidato a presidente y síndico municipal.
Se espera que hoy, haya total claridad sobre el escenario electoral de Morelos para 2018, con la resolución de las acciones de inconstitucionalidad promovidas conta disposiciones modificadas del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, por diputados, Nueva Alianza y Morena.

Fallo. Los ministros de  la Suprema Corte de Justicia de la Nación dieron ayer su fallo a la controversia contra la Reforma Electoral, interpuesta por cuatro partidos políticos: PES, Morena, Nueva Alianza y  Humanista.

Plazo
Entre el 20 y el 31 de octubre próximo, el Consejo General del INE aprobará la Distritación Electoral de Morelos.

En resumen
Los ministros invalidaron reformas a la Constitución local.

Residencia
Inconstitucional: 12 años de residencia para ser Gobernador.

5 años es el tiempo de residencia que se mantendrá, como en la Constitución Federal.

3 años
válidos de residencia para miembros de Ayuntamientos, y no 7 como habían reformado.

El porcentaje para asignar a diputados plurinominales se mantiene en 3%.

La Corte validó:
Que cualquier servidor público federal, estatal y municipal que quiera ser diputado deberá separarse de su cargo con 180 días de anticipación al día de la elección.

Que el Congreso quedará conformado por 12 Diputados de Mayoría y 8 de Representación Proporcional, conforme a la Distritación que apruebe el INE.

La edad para ser regidores es de 21 años y para Presidente y Síndico de 25.

Por: Antonieta Sánchez /  antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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