Ante la ampliación de la emergencia sanitaria hasta el 31 de mayo y la suspensión de actividades en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, los trabajadores que hayan sido despedidos durante la crisis por el COVID 19 sólo podrán promover su demanda laboral hasta que se reactiven las actividades.

Lo anterior, en atención a las disposiciones de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que ordenó a nivel general la suspensión de las actividades no esenciales en estos órganos para contribuir a frenar  la dispersión del coronavirus.

Con motivo de la fase tres, dicha medida se amplió hasta el 31 de mayo, lo que implica que continuarán suspendidas en la Junta Local las audiencias y diligencias programadas con antelación a la Jornada de Sana Distancia por la emergencia sanitaria.

Así como el inicio de nuevas demandas laborales por despido injustificado, que los trabajadores hayan sufrido, o sufran como consecuencia de la emergencia sanitaria. 

 

Antonieta Sánchez

local@diariodemorelos.com

 

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