En un fallo que marca un antes y un después en la igualdad de género y los derechos familiares en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional la imposición tradicional del apellido paterno como prioritario en el registro de nacimientos. Esta decisión, emitida recientemente, permite que madres y padres –ya sean biológicos o adoptivos– decidan libremente el orden de los apellidos de sus hijos, incluyendo la opción de colocar el apellido materno en primer lugar o incluso usar apellidos compuestos.
Este cambio, que surge de un caso en Yucatán, no solo desafía siglos de tradición patriarcal, sino que promueve la equidad en la identidad familiar, impactando potencialmente a millones de familias mexicanas.
La reforma al Código Civil, avalada por la SCJN, elimina restricciones que obligaban a registrar los apellidos en un orden fijo: primero el paterno y luego el materno. Ahora, los progenitores pueden optar por invertir este orden, usar apellidos compuestos (como unir dos con un guion) o combinarlos de manera creativa, siempre que se respete el acuerdo mutuo.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México nacen aproximadamente 1.6 millones de niños al año, y esta ley podría afectar directamente el registro de sus identidades, facilitando una mayor inclusión para familias diversas, incluidas las monoparentales o adoptivas.
Antecedentes: De la Tradición Patriarcal a la Lucha por la Igualdad
La costumbre de priorizar el apellido paterno en México tiene raíces en el Código Civil de 1870, influenciado por el derecho romano y colonial español, donde el linaje masculino era sinónimo de herencia y autoridad. Sin embargo, movimientos feministas y de derechos humanos han cuestionado esta norma por décadas, argumentando que perpetúa desigualdades de género. En 2023, el Senado de la República aprobó una reforma similar que permitía a los padres elegir el orden de apellidos en el acta de nacimiento, estableciendo que "los apellidos de los hijos futuros de la misma madre y padre deberán ser asentados en el mismo orden".
Esta iniciativa, impulsada por legisladores como Olga Sánchez Cordero, buscaba reconocer la igualdad entre progenitores y ya se aplicaba en algunos estados como la Ciudad de México.
El punto de inflexión llegó en diciembre de 2025, cuando la SCJN invalidó artículos del Código Civil de Yucatán que prohibían apellidos compuestos y un orden flexible. El caso inició con una familia que buscaba registrar a su hijo con un apellido compuesto, pero el Registro Civil lo rechazó bajo el argumento de la "tradición". La Corte argumentó que estas restricciones violan el artículo 4 de la Constitución Mexicana, que garantiza la igualdad de género y el libre desarrollo de la personalidad.
El fallo, con vigencia inmediata en Yucatán, podría extenderse a nivel nacional mediante jurisprudencia, similar a lo ocurrido en Costa Rica en 2024, donde la Sala Constitucional permitió invertir apellidos por motivos de equidad.
Datos históricos revelan el impacto: Según un estudio de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el 70% de las quejas relacionadas con registros civiles en México involucran discriminación por género, y en el 40% de los casos de madres solteras, el apellido paterno se impone por default, incluso si el padre está ausente.
Esta reforma llega en un contexto donde el 25% de los hogares mexicanos son encabezados por mujeres, según el INEGI (2024), destacando la necesidad de leyes que reflejen la realidad social.
Detalles de la Nueva Ley: ¿Qué Cambia en el Registro Civil?
La modificación al artículo 40 del Código Civil de Yucatán –y potencialmente en otros estados– establece lo siguiente:
- Orden Flexible: Los padres pueden decidir si el apellido paterno o materno va primero. Por ejemplo, un niño podría registrarse como "García López" en lugar del tradicional "López García".
- Apellidos Compuestos: Se permite unir apellidos con guiones o combinaciones, como "Pérez-Ruiz", reconociendo linajes mixtos en familias adoptivas o multiculturales.
- Acuerdo Mutuo Obligatorio: En caso de desacuerdo, un juez familiar resolverá priorizando el interés superior del menor, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por México en 1990).
- Aplicación a Hijos Existentes: Aunque la ley se enfoca en nuevos registros, se abre la puerta a correcciones en actas existentes mediante juicios de rectificación, con un costo aproximado de 500 a 2,000 pesos, según estimaciones del Poder Judicial.
En estados como Morelos y la Ciudad de México, reformas similares ya permiten estos cambios desde 2020, pero el fallo de la SCJN acelera su adopción nacional.
Expertos como José Mario de Perteneces AC destacan que esto resuelve vacíos legales en reproducción asistida y adopciones, donde miles de niños quedan en limbo identitario.
| Aspecto | Antes de la Reforma | Después de la Reforma |
|---|---|---|
| Orden de Apellidos | Paterno primero por default | Elección libre entre padres |
| Apellidos Compuestos | Prohibidos en la mayoría de estados | Permitidos, con guiones o combinaciones |
| Casos de Desacuerdo | Registro automático con paterno primero | Intervención judicial por interés del menor |
| Impacto en Familias Diversas | Discriminación en adopciones y monoparentales | Inclusión total, reconociendo filiación real |
Implicaciones Sociales y Opiniones: ¿Avance Feminista o "Legislar Humo"?
Esta ley ha generado un debate vibrante en redes sociales y medios. En X (anteriormente Twitter), usuarios como Norberto Maldonado critican que "cambiar el orden es una farsa, ya que el 'apellido materno' es del padre de la madre", viéndolo como una distracción de temas prioritarios como la violencia de género.
Por el contrario, feministas como Isi Gil celebran: "¡Fenomenales mujeres por los derechos! Sus hijos podrán llevar su apellido desde el nacimiento".
En Facebook, publicaciones virales destacan el empoderamiento materno, con miles de shares en páginas como Explosivo Live, donde se resalta que "mamá y papá pueden elegir el orden, y el apellido materno puede ir primero".
Opiniones en Instagram y X muestran un apoyo del 65% a la reforma, según un análisis de tendencias en tiempo real, con hashtags como #ApellidosMaternosPrimero y #IgualdadFamiliar ganando tracción.Expertos en derecho familiar, como los de la CNDH, advierten beneficios: reduce estigmas en madres solteras (que representan el 15% de los registros anuales) y fortalece la paternidad responsable. Sin embargo, críticos como Gerardo Jiménez argumentan que "las mujeres fueron concebidas para complementar, no competir", reflejando resistencias culturales.
En el ámbito internacional, México se une a países como España (donde el orden es electivo desde 1999) y Brasil (donde se permite elegir apellidos libremente), promoviendo la diversidad cultural.
Conclusión: Un Paso Hacia la Identidad Inclusiva
Esta reforma no es sólo un cambio administrativo; es un símbolo de evolución social en México, donde la igualdad de género avanza pese a desafíos como la violencia machista (con 3,000 feminicidios anuales, según ONU Mujeres). Al permitir que los hijos lleven apellidos maternos primero, se honra el rol de las madres y se desmantela un pilar del patriarcado. Familias interesadas deben acercarse a su Registro Civil local; en Yucatán, el proceso ya es gratuito para nuevos nacimientos.
¿Estás de acuerdo con esta ley? ¿Cambiarías el orden de tus apellidos?