Jiutepec, Morelos.- Habitantes y comerciantes de Jiutepec que hayan pagado el Derecho de Alumbrado Público (DAP) podrían tener una nueva oportunidad para reclamar la devolución de estos cobros, luego de que un juzgado federal concediera un amparo a una empresa y determinara que el mecanismo utilizado por el Ayuntamiento es inconstitucional.
La resolución, correspondiente al juicio de amparo 1269/2026, fue emitida el pasado 8 de octubre por el Juzgado Octavo de Distrito en Morelos y ordenó la devolución del cobro a la empresa que promovió el procedimiento legal.
El fallo cuestiona el artículo 24 de la Ley de Ingresos 2026 de Jiutepec, debido a que establece un mecanismo para calcular el Derecho de Alumbrado Público con base en el consumo de energía eléctrica de los usuarios.
¿Por qué declararon inconstitucional el cobro?
De acuerdo con la resolución judicial, utilizar el consumo de electricidad como base para determinar esta contribución invade facultades que corresponden exclusivamente al Congreso de la Unión, conforme al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El juzgado retomó criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha señalado que los municipios no pueden utilizar el consumo eléctrico como referencia para calcular el cobro del alumbrado público.
La controversia no se centra en la prestación del servicio de iluminación de calles y espacios públicos, sino en la forma en que se determina el monto que deben pagar los contribuyentes.
¿Los ciudadanos pueden solicitar que les devuelvan su dinero?
Aunque la sentencia representa un antecedente jurídico para otros contribuyentes, no significa que todos los habitantes de Jiutepec recibirán automáticamente una devolución.
El amparo beneficia únicamente a la empresa que promovió el juicio, por lo que cualquier ciudadano o comerciante que busque recuperar los pagos realizados deberá iniciar su propio procedimiento legal.
Para ello, los interesados pueden reunir sus recibos de electricidad en los que aparezca el cobro del Derecho de Alumbrado Público y solicitar asesoría jurídica para determinar si procede presentar un amparo.
Cada solicitud deberá analizarse individualmente y estará sujeta a los requisitos y plazos legales correspondientes.
Congreso de Morelos podría revisar la Ley de Ingresos
Además de abrir la posibilidad de nuevas reclamaciones, la resolución plantea la necesidad de revisar el artículo 24 de la Ley de Ingresos 2026 del municipio de Jiutepec.
El Congreso de Morelos podría analizar una modificación o derogación de esta disposición para evitar que continúe aplicándose un mecanismo de cobro cuestionado por la justicia federal.
Sin embargo, la sentencia emitida en este caso no implica, por sí misma, que el artículo haya sido eliminado de la legislación municipal.
¿Qué pasará con los cobros de alumbrado público en Jiutepec?
El antecedente judicial podría ser utilizado como referencia en futuros procedimientos promovidos por contribuyentes que consideren que se les aplicó un cobro indebido.
No obstante, el resultado de cada reclamación dependerá de las circunstancias particulares, la documentación presentada y la resolución de las autoridades judiciales.
Por ahora, el fallo abre un debate sobre la legalidad del mecanismo de cobro del alumbrado público en Jiutepec y la posibilidad de que más ciudadanos y comerciantes busquen recuperar los recursos pagados durante 2026.
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