Más de 150 millones de líneas móviles en México están en la cuenta regresiva. Desde el 9 de enero de 2026, el registro obligatorio de telefonía móvil con CURP (o RFC para personas morales) es ley. La fecha límite es el 30 de junio de 2026. Después de esa fecha, las líneas no registradas quedarán suspendidas: solo podrán marcar al 911 y recibir alertas oficiales.
La medida, impulsada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2025, busca acabar con el anonimato que facilita extorsiones, fraudes y delitos vía celular. Pero no todas las líneas deben registrarse. Hay excepciones claras, técnicas y permanentes que miles de usuarios y empresas ya están aprovechando.Aquí te presentamos la nota más completa y actualizada: quiénes están exentos, por qué, ejemplos reales, cómo confirmar si tu línea aplica y todo el contexto para que tomes acción antes de que sea tarde.
1. ¿Por qué México obliga el registro de celulares con CURP en 2026?
La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (aprobada en 2025) creó el Padrón Nacional de Telefonía Móvil. Los operadores (Telcel, AT&T, Movistar, Bait, Altán, etc.) deben vincular cada número a una identidad real.
- Objetivo oficial: Combatir el uso de líneas “fantasma” en delitos. La CRT argumentó que el anonimato en prepago facilitaba extorsiones y fraudes.
- Alcance: Aplica a todas las líneas activas (prepago y pospago), SIM físicas y eSIM, nuevas y existentes.
- Límite por persona: Máximo 10 líneas por CURP de persona física. Las morales no tienen tope.
- Datos protegidos: Los operadores resguardan la información bajo la Ley Federal de Protección de Datos Personales.
A abril 2026, solo alrededor del 17 % de las líneas han completado el trámite, según reportes de la CRT. No habrá prórroga: el plazo es legal y solo el Congreso podría modificarlo.
2. ¿Quiénes ESTÁN EXENTOS del registro con CURP? La lista oficial y definitiva
Los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles (Artículo 1°) son claros: solo quedan exentas las líneas cuya tarjeta SIM no tenga capacidad técnica para generar llamadas de voz, enviar o recibir SMS o realizar llamadas por internet (VoIP).
Categorías exentas confirmadas (abril 2026):
- Líneas de datos exclusivos (data-only): SIM que solo dan internet. No permiten llamadas ni mensajes.
- Dispositivos IoT y M2M (Máquina a Máquina):
- Medidores inteligentes (CFE, agua, gas).
- Rastreadores GPS para vehículos o mascotas.
- Sensores industriales, telemetría, monitoreo remoto.
- Equipos automatizados (alarmas, cajeros automáticos, sistemas de riego inteligente).
- Tablets y módems portátiles con planes exclusivamente de datos (sin voz ni SMS).
- Líneas institucionales especiales:
- Servicios de emergencia y atención ciudadana operados por dependencias oficiales.
- Dispositivos empresariales en redes internas corporativas (no ligados a un usuario individual).
- Teléfonos gubernamentales o institucionales para funciones administrativas (los operadores deben mantener registros internos).
Importante: Si tu SIM puede hacer una llamada o mandar un WhatsApp/SMS aunque sea por datos, debes registrarla. La excepción es técnica y permanente; no depende de si eres persona física, moral o extranjero.
Ejemplos prácticos:
- Tu celular personal o de plan familiar → Debe registrarse.
- SIM de un módem de internet móvil que solo da WiFi a tu laptop → Exenta.
- Tarjeta de un medidor inteligente de luz → Exenta.
- Línea de un reloj inteligente que solo usa datos → Exenta (si no tiene función de llamada).
3. Cómo confirmar si tu línea está exenta y cómo registrar la que sí debe
Paso a paso para registrar (gratis y sencillo):
- Ingresa a la app o portal de tu operador (Mi Telcel, Mi AT&T, etc.).
- Busca la sección “Registro de Línea” o “Vinculación CURP”.
- Sube foto de INE/pasaporte + CURP (o RFC para empresas).
- Valida los datos (tienes 3 intentos en línea).
- Confirma. Recibirás comprobante.
Presencial: Acude a un centro de atención con documentos originales.
Extranjeros: Pasaporte o CURP temporal.
Nueva línea: Se registra al activarla; ya no se pueden comprar chips anónimos.
Consejo: Verifica ya en la app de tu compañía. Si tu SIM es de datos puros o IoT, el sistema te lo indicará automáticamente.
4. ¿Qué pasa si no registras tu línea antes del 30 de junio de 2026?
- Suspensión total del servicio (llamadas, SMS, datos).
- Solo funcionará el 911 y alertas gubernamentales.
- No se borra el número: podrás recuperarlo después registrándolo, pero perderás temporalmente el servicio.
- En caso de emergencia nacional o desastre, la CRT permite activaciones temporales sin registro por 15 días.
5. Preguntas frecuentes (FAQ) – Lo que más buscan los usuarios
¿Mi eSIM también debe registrarse? Sí, si tiene capacidad de voz/SMS.
¿Las líneas de niños o adultos mayores tienen excepción? No. Solo la excepción técnica aplica.
¿Y las líneas de roaming internacional? Pendiente de reglas específicas (se definirá después del Mundial 2026).
¿Necesito CURP biométrica o certificada? No. Basta con la CURP válida; los operadores validan contra el RENAPO.
¿Puedo registrar hasta 10 líneas con la misma CURP? Sí, para personas físicas.
6. Contexto profundo: Privacidad vs seguridad
La medida ha generado debate. Organizaciones como R3D han señalado riesgos para migrantes y personas en tránsito que no cuentan fácilmente con documentación. Por otro lado, autoridades destacan que México sigue el ejemplo de países como Colombia y Brasil, donde el registro ha reducido delitos telefónicos.La CRT insiste: “El objetivo es centrar los esfuerzos regulatorios en beneficiar a las personas”.
Llamado final: Actúa antes del 30 de junio
Quedan menos de tres meses. Revisa hoy tu línea en la app de tu operador. Si es de datos puros, IoT o institucional, estás exento y no tienes nada más que hacer. Si no, completa el registro en minutos y evita quedarte sin servicio.
