Es el lugar donde los ciudadanos acuden a votar. Ahí, los funcionarios de casilla reciben, cuentan y registran los votos de los ciudadanos.
Tipos de casillas
Las casillas electorales se instalan para recibir a las y los electores que deseen ejercer su derecho al voto y elegir a sus representantes.
Casilla básica
Es la casilla correspondiente a una sección electoral, la cual recibe un número no mayor a 750 electores.
Casilla contigua
Si en una sección existen más de 750 personas electoras se instalan tantas casillas contiguas como se requiera. Cada una de estas casillas también recibirán un máximo de 750 personas electoras.
Casilla extraordinaria
Su instalación facilita el acceso de las y los electores, a quienes por condiciones geográficas, de infraestructura o socioculturales no pueden votar en la sección que les corresponde.
Casilla especial
Se instalan para las y los electores que se encuentren fuera de la sección electoral correspondiente a su domicilio.
Número de casillas en el estado
Se instalarán 15 Casillas Especiales
Las cuales se encontrarán distribuidas entre los municipios de Cuernavaca (3), Emiliano Zapata (1), Jiutepec (1), Xochitepec (1), Cuautla (1), Jojutla (1), Puente de Ixtla (1), Temixco (1), Tlaquiltenango (1), Zacatepec (1), Tepoztlán (1), Yautepec (1) y Yecapixtla (1).
De conformidad a lo estipulado en el artículo 250 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; existen varias hipótesis:
a) Los electores que se encuentren transitoriamente fuera de su sección, pero dentro de su municipio y dentro de su distrito local, podrán votar por ayuntamientos y diputaciones por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional.
b)Los electores que se encuentren transitoriamente fuera de su sección y distrito local, pero dentro de su municipio; podrán votar por ayuntamientos y diputaciones por el principio de representación proporcional.
c)Los electores que se encuentren transitoriamente fuera de su sección y municipio, distrito local, pero dentro de la circunscripción del Estado de Morelos, podrán votar por diputados por el principio de representación proporcional.
d)Los electores que se encuentren transitoriamente fuera de su sección y municipio, pero dentro de su distrito local, podrán votar por diputados por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.
Durante los comicios hay acciones que pueden evitar que ejerzas tu voto, o incluso, que seas sancionado penalmente.
No podrás votar en caso de...
-Presentarte en estado de ebriedad o con aliento alcohólico.
-Portar armas al momento de la votación.
-Si usas prendas alusivas a un candidato o partido político. jSi tu credencial INE tiene alguna alteración.
-Si promueves a algún candidato en las casillas.
