El diputado Gerardo Abarca Peña propuso tipificar la difamación digital como delito, mediante reformas al artículo 163 del Código Penal para el Estado de Morelos. Abarca Peña argumenta que la difamación causa un daño grave a la reputación de una persona, ya que implica la transmisión de información falsa que puede tener consecuencias profundas en la vida personal y profesional del individuo. Además, cuando la difamación se realiza a través de redes sociales, se dificulta comprobar los hechos debido a la falta de testigos.

En su iniciativa, presentada en la sesión ordinaria, el diputado establece que comete el delito de difamación digital quien, por medio de redes sociales, plataformas digitales, medios electrónicos o cualquier otro medio de comunicación digital, publique, comparta o difunda hechos falsos o expresiones con contenido falso que lesionen la dignidad, el honor o la reputación de otra persona.

La propuesta incluye penas de tres a seis años de prisión y multas de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quienes cometan este delito, sin perjuicio de la responsabilidad civil correspondiente. Además, si el delito se comete de forma anónima, utilizando identidades falsas, redes automatizadas, o si se dirige contra una figura pública, periodista o servidor público en ejercicio, las penas se incrementarán hasta en una mitad.

Abarca Peña también plantea que no se considerará difamación digital cuando se trate de expresiones emitidas en ejercicio del derecho a la libertad de expresión con fines informativos, de crítica política o de interés público, siempre y cuando las publicaciones se funden en hechos verificables.

Cumple los criterios de The Trust Project

Saber más

Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

Sigue el canal de Diario De Morelos en WhatsApp