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Nuevas reglas para construir en Morelos: exigirán áreas verdes y frenarán obras irregulares

Comunidad

La reforma publicada el 23 de septiembre en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" da a la SDS facultades más estrictas para evaluar proyectos y frenar obras irregulares en Morelos.

SALVADOR ROSAS OCTAVIANO
obras
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Cuernavaca.- El Gobierno del Estado oficializó la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de Morelos, una normativa con la que busca endurecer la vigilancia sobre las construcciones y frenar el deterioro de los ecosistemas locales.

Esta actualización marco, publicada el pasado 23 de septiembre en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", otorga facultades operativas a la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) para aplicar evaluaciones ambientales rigurosas, contando con el respaldo directo de los ayuntamientos de la entidad.

El reglamento fija tres instrumentos para evaluar proyectos: la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), el Informe Preventivo y el Estudio de Daño Ambiental. Este último marco legal aplicará para aquellas construcciones que hayan comenzado sin permisos previos.

Áreas verdes obligatorias y control de proyectos

Una de las disposiciones más relevantes del marco normativo es que toda obra o proyecto constructivo deberá destinar, por obligación, un mínimo del 10 por ciento de la superficie total del predio a áreas verdes permeables. En desarrollos habitacionales, estas zonas deberán mantenerse intactas y sin pavimento.

En el caso de fraccionamientos y condominios, las áreas verdes obligatorias tendrán que ubicarse dentro de los espacios comunes compartidos. La autoridad dejó en claro que queda estrictamente prohibido cubrirlas con concreto, asfalto o cualquier otro material impermeable que impida la filtración del agua.

Por su parte, la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) será un requisito indispensable antes de iniciar cualquier proyecto que amenace con alterar el equilibrio ecológico, contando con modalidades general, simplificada y específica según la escala de la construcción.

Tiempos de trámite y sanciones contra infractores

En cuanto a los plazos administrativos, la Secretaría de Desarrollo Sustentable dispondrá de hasta 60 días hábiles para resolver una solicitud de MIA, con la posibilidad de otorgar una prórroga de hasta 60 días más únicamente en proyectos de alta complejidad.

Para obras con un impacto menor, el plazo de resolución del Informe Preventivo quedó fijado en un máximo de 20 días hábiles. Tras la revisión técnica correspondiente, la autoridad ambiental estará facultada para autorizar, condicionar o rechazar los permisos solicitados.

En caso de obras ejecutadas en la ilegalidad, el Estudio de Daño Ambiental tramitado ante la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (PROPAEM) y la SDS permitirá evaluar las afectaciones, imponer sanciones económicas y exigir la reparación inmediata o compensación del daño.

La PROPAEM mantendrá brigadas de inspección y podrá aplicar clausuras o suspensiones temporales. Ante escenarios de reincidencia o desobediencia por parte de los constructores, el organismo promoverá la nulidad definitiva de las licencias de construcción.

El esquema regula además mecanismos de consulta pública para obras de gran impacto social y contempla la creación de un Comité Técnico sobre Impacto Ambiental, integrado por instituciones académicas, colegios profesionales y cámaras empresariales del estado.

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Sobre el autor

SALVADOR ROSAS OCTAVIANO
Salvador Rosas

Periodista

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