Cuernavaca.- Las personas adoptadas en Morelos podrán consultar directamente sus antecedentes familiares y conocer su origen biológico desde los 16 años.
Esta medida entra en vigor tras la reforma al artículo 370 del Código Familiar estatal, establecida en el Decreto Número 1174 para fortalecer el derecho a la identidad.
Anteriormente, el acceso a la información resguardada sobre la adopción estaba sujeto a cumplir la mayoría de edad o a contar con el consentimiento de los adoptantes si el interesado era menor de 18 años.
Con este cambio legislativo, las personas que tengan al menos 16 años podrán solicitar estos datos sin necesidad de esa autorización previa.
Reglas para menores de 16 años y derecho a la identidad
Para los casos de menores que no hayan alcanzado los 16 años, la ley establece que se mantendrá el requisito del consentimiento de uno o ambos adoptantes para la consulta.
La modificación busca garantizar el derecho de las personas adoptadas a conocer su historia biológica, pues la restricción hasta los 18 años afectaba el interés superior de los adolescentes.
Reserva de actas y procedimientos en el Registro Civil
A pesar de la flexibilización en la edad de consulta, el artículo 370 precisa que se mantiene la reserva sobre los documentos vinculados al expediente de adopción.
La resolución judicial correspondiente permanecerá bajo resguardo en el apéndice del acta de nacimiento original y solo se consultará para casos específicos o solicitud del interesado.
Finalmente, el Registro Civil emitirá una nueva acta donde los adoptantes figurarán como los padres, cancelando la primera y asignando una nueva CURP sin notas de adopción.
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