Cuernavaca, Morelos.- Morelos prohibió las cirugías estéticas electivas y modificaciones corporales a menores de 18 años, además de establecer sanciones penales para quienes las autoricen o realicen, mediante el Decreto 1347 publicado el 17 de septiembre en el Periódico Oficial Tierra y Libertad.
¿Qué establece la nueva “Ley Nicole”?
La reforma, conocida como “Ley Nicole”, adicionó el artículo 73 Bis a la Ley de Salud para impedir procedimientos con fines exclusivamente cosméticos que no prevengan, diagnostiquen o traten enfermedades o malformaciones en la infancia y adolescencia.
El Código Penal establece de dos a seis años de prisión y de 100 a 500 días multa para padres, tutores o custodios que autoricen, permitan o consientan estos procedimientos en menores de edad en el estado.
Sanciones médicas y excepciones legales
También se contemplan sanciones severas para el personal médico que realice cirugías estéticas electivas o modificaciones corporales al margen de la ley, buscando proteger la integridad de los menores.
La prohibición no aplica a las cirugías reconstructivas necesarias para restaurar funciones o corregir malformaciones, discapacidades o secuelas de accidentes, enfermedades o traumatismos.
Para realizar estos procedimientos reconstructivos deberá existir indicación de un especialista con cédula y certificación vigente ante el Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, además de justificar su necesidad para la salud física o mental.
También será obligatoria una valoración médica y psicológica previa, así como el consentimiento informado de quien ejerza la patria potestad, guarda o custodia legal.
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