Autoridades municipales no pueden hacer operativos relacionados o infracciones por el Programa de Verificación Vehicular en la entidad

CUERNAVACA, MORELOS .- Los gobiernos municipales quedaron impedidos por ley para hacer operativos e imponer infracciones relacionadas con el Programa de Verificación Vehicular, para que no te dejes sorprender. 

En el decreto de la Ley de Ingresos para el municipio de Cuernavaca, ejercicio fiscal 2022, los diputados de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso, expusieron claramente que “en el caso de las multas de verificación vehicular, es de considerar que se trata de una sanción por infracción en materia ambiental cuya regulación es competencia del Gobierno del Estado de Morelos”. 

Por lo tanto, también puntualizaron que este tipo de regulación y sus correspondientes sanciones no tienen, ni deben, ser materia de tránsito vehicular. 

De esta manera, el municipio “no tiene competencia para establecer, ni cobrar sanciones en materia ambiental, en este caso por verificación vehicular”. 

Esto incluye que elementos de tránsito tampoco tienen facultades para revisar la vigencia de la calcomanía de verificación o comprobante. 

Estas acciones tampoco le han sido facultadas al municipio y, por lo tanto, “no es competencia del municipio incorporar ese tipo de regulación en la Ley de Ingresos que se dictamina”, puntualizó la Comisión al momento de analizar el proyecto de ley y elaborar el dictamen. 

Con base en el análisis, los diputados dejaron exentos de cobro los conceptos que eran motivo de multa por “no tener calcomanía de verificación, a excepción de vehículo que porte placas de los estados que no cuentan con la obligación de verificar”, y el de “por periodo de verificación faltante”. 

Verificación. Una sanción por infracción en materia ambiental es competencia del Gobierno del Estado, por lo que los municipios no pueden aplicar sanciones del programa de verificación vehicular.  

Las multas

En la Ley de Ingresos de Cuernavaca en el año 2019, que estuvo vigente hasta el año pasado, estos conceptos causaban una multa para el automovilista de 3 UMAs

Por: ANTONIETA SÁNCHEZ  / antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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