CUERNAVACA.– El Congreso del Estado de Morelos ha puesto fin al desorden publicitario en la entidad. A partir de este mes, queda estrictamente prohibido colocar propaganda en postes, semáforos, puentes y árboles; quienes ignoren esta nueva disposición enfrentarán multas que podrían superar los 117 mil pesos, además del retiro inmediato de los anuncios con cargo al responsable.
Esta medida, oficializada mediante el Decreto 1135 publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, modifica la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable, reforzando la regulación de la imagen urbana en los 36 municipios del estado.
¿Dónde queda prohibido anunciarse?
La nueva ley es clara y no deja lugar a ambigüedades. No se podrá fijar, pintar ni adherir propaganda política, comercial o de servicios en:
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Postes de energía eléctrica y telecomunicaciones.
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Semáforos y señales de tránsito.
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Árboles y áreas verdes.
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Puentes peatonales y vehiculares.
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Cualquier elemento de infraestructura urbana no destinado a publicidad.
Multas y costos de limpieza
La reforma otorga "dientes" a los ayuntamientos, facultándolos para el retiro inmediato de la propaganda ilegal. Las sanciones económicas se fijaron bajo el valor diario de la UMA (117.31 pesos), con multas que van desde las 100 hasta las mil veces dicho valor, alcanzando un tope de $117,310 pesos.
Es importante destacar que el costo por el retiro, la limpieza y la reparación de cualquier daño causado a la infraestructura deberá ser cubierto íntegramente por el infractor, ya sea un particular, una empresa o un partido político.
Plazos y excepciones
La normativa contempla una excepción para la propaganda electoral durante procesos comiciales, la cual se regirá bajo sus propias leyes vigentes. Por su parte, los municipios cuentan con un plazo de 90 días para adecuar sus reglamentos internos y comenzar con la aplicación rigorosa de estas sanciones.
